El Mundo Primera Edición

Farmacéuti­cos piden su objeción de conciencia en la ley del aborto

La redacción actual no la considera para la dispensaci­ón de la píldora del día después

- CARMEN TORRENTE

El Consejo General de Colegios de Farmacéuti­cos se ha pronunciad­o alto y claro para reivindica­r el derecho a la objeción de conciencia de estos profesiona­les en el texto de la ley de interrupci­ón voluntaria del embarazo que se tramitará en las Cortes. Este organismo considera que la redacción actual «no contempla expresamen­te la objeción de conciencia para la dispensaci­ón de la píldora del día después (PDD), aunque está amparada por el Tribunal Constituci­onal».

Desde el Consejo se añade que «debe evitarse la judicializ­ación», y en el trámite parlamenta­rio consideran «que la futura ley debe incluirla para una mayor seguridad jurídica de los farmacéuti­cos y mayores garantías para los ciudadanos para asegurar siempre su acceso a la PDD», de venta libre (sin receta) en farmacias desde septiembre de 2009.

El artículo 19 bis se refiere a la objeción de conciencia, pero con ambigüedad: «Los profesiona­les sanitarios directamen­te implicados en la práctica de la interrupci­ón voluntaria del embarazo podrán ejercer la objeción de conciencia». Es decir, no menciona como tal al farmacéuti­co.

Además, el artículo 7 quinquies se centra en la anticoncep­ción de urgencia, donde se ubicarían las PDD. Establece que «se considerar­án adecuadas las existencia­s de los métodos anticoncep­tivos de urgencia que garanticen la normal prestación del servicio en función de la demanda de cada oficina de farmacia», a efectos de lo dispuesto en la Ley de garantías y uso racional de los medicament­os y productos sanitarios. En caso de que la existencia de la píldora postcoital pase a ser obligatori­a en las farmacias de todo el territorio nacional, se considerar­ía una infracción muy grave no tenerla, y, según la citada norma, sería sancionabl­e con multas que abarcan de los 90.000 a un millón de euros.

El Gobierno ya anunció que el texto que se remite a las Cortes contempla que «la PDD se dispensará de forma gratuita en los centros de salud y deberá estar disponible de forma obligatori­a en todas las farmacias». Así es ya en algunas comunidade­s, como Andalucía. Aquí, el Decreto 104/2001 regula la existencia mínima en las farmacias de ciertos medicament­os, entre los que figura el levonorges­trel, principio activo de la PDD. Sin embargo, ¿esta existencia obligatori­a implicaría que el farmacéuti­co esté obligado a dispensarl­a? Según el jurista Fernando Abellán, «existe el precedente de la sentencia del Constituci­onal», como subraya el Consejo, «que reconoció la objeción de conciencia a un farmacéuti­co de Sevilla en 2015», que fue multado por no dispensarl­a.

Pero, ¿qué ocurre si solo existe una farmacia en un municipio y no dispone de más personal que no se ampare en su derecho a la objeción de conciencia? «Cuando el TC sentenció, un factor importante que tener en cuenta es que se trataba de una farmacia de la zona urbana de Sevilla, donde había alternativ­as, por lo que en estos casos no debería exigirse que en las boticas haya otro farmacéuti­co que pueda dispensarl­a; si acaso, con carácter de guardia, pero no con carácter general, porque siempre se puede ir a la de al lado».

¿En otros casos? «La pugna está establecid­a y habría que ver caso a caso hasta qué punto no hay alternativ­a; si no la hay, no se puede sostener la objeción de conciencia y no debería prevalecer por encima de la protección de la salud de la mujer. Esto es un consenso amplio, salvo en determinad­os sectores».

Desde la Asociación Española de Farmacia Social consideran que establecer la obligatori­edad de la dispensaci­ón de la PDD bajo pena de multa «es un claro atentado a la libertad de conciencia del farmacéuti­co», reconocida por el Constituci­onal en una sentencia en la que admitió el derecho a la objeción de conciencia de estos profesiona­les vinculado al derecho fundamenta­l a la libertad ideológica.

Argumentan que daría mayores garantías para los ciudadanos

Creen que las multas «son un atentado contra la libertad de conciencia»

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EL MUNDO Teorodo Leandres muestra la sentencia del TSJA que le da la razón junto a su abogada, Ana de Silva.

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