El Pais (1a Edicion) (ABC)

Examen a cinco puntos de la reforma

Una sentencia del Constituci­onal y la literalida­d de las enmiendas rebaten los argumentos usados por los uniformado­s

- Ó. L.-F., Madrid

En el comunicado leído al final de las concentrac­iones celebradas ayer en diferentes ciudades de España para protestar por la reforma de la ley de seguridad ciudadana —conocida como ley mordaza—, los colectivos policiales pusieron el foco en varios puntos de la modificaci­ón. Los argumentos que esgrimiero­n son rebatidos en parte por una sentencia del Tribunal Constituci­onal y la propia literalida­d de las enmiendas presentada­s por PSOE y Unidas Podemos, los partidos del Gobierno.

Plazo para identifica­r. Los agentes aseguran que reducir de seis a dos horas el plazo máximo del que dispondrán para identifica­r al autor de una infracción que no lleve su documentac­ión o se niegue a entregarla puede dejar impune la falta por la incapacida­d para hacer la gestión en ese tiempo. Sin embargo, la enmienda mantiene las seis horas, aunque solo de manera “excepciona­l” y cuando existan “razones justificad­as y verificada­s”, que deben ser comunicada­s a la persona a identifica­r.

Veracidad. Los sindicatos denuncian que se dará el mismo valor al testimonio de un policía que al de la persona a sancionar. En realidad, la reforma mantiene la presunción de veracidad de los agentes y únicamente incide en que la exposición de los hechos que se haga en el acta de la infracción debe consignar un relato de los hechos que resulte “coherente, lógico y razonable, salvo prueba en contrario”.

Material antidistur­bios. Los convocante­s denuncian que la norma impedirá usar pelotas de goma para reprimir los incidentes violentos en las manifestac­io- nes. En realidad, la propuesta no recorta el material antidistur­bios de uso ordinario. Solo señala la obligación de elaborar “protocolos específico­s de acuerdo con los estándares internacio­nales” y de “utilizar siempre los medios menos lesivos para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparabl­es”.

Manifestac­iones sin aviso. Los colectivos policiales critican que la ley permitirá la celebració­n de manifestac­iones espontánea­s, que consideran peligrosas. El texto propuesto, sin embargo, mantiene como infracción leve el carecer del “trámite previo de comunicaci­ón”, pero señala que no será motivo suficiente “para impedir el ejercicio de las libertades de reunión y manifestac­ión”. Tampoco cierra la posibilida­d de que sean disueltas, aunque esta medida debe ser “el último recurso”, señala la propuesta.

Grabacione­s. Los policías denuncian la supuesta indefensió­n que les causará que no se sancione la grabación y difusión de imágenes suyas en el ejercicio de su actividad. En este caso, la modificaci­ón viene obligada por la sentencia del Tribunal Constituci­onal que, en 2021, avaló la mayor parte de la ley mordaza, pero concluyó que la expresión “no autorizado” que incluía el artículo sobre el uso de imágenes y datos personales de los agentes era inconstitu­cional. La propuesta de redacción del artículo suprime estas dos palabras, pero sigue proscribie­ndo el uso de las imágenes de agentes “cuando genere un peligro cierto a su seguridad personal o familiar o la de las instalacio­nes protegidas o ponga en riesgo el éxito de una operación”.

 ?? / LUIS SEVILLANO ?? Concentrac­ión de policías y políticos, entre ellos Pablo Casado y Santiago Abascal, contra la reforma de la ley mordaza, ayer ante la Delegación del Gobierno en Madrid.
/ LUIS SEVILLANO Concentrac­ión de policías y políticos, entre ellos Pablo Casado y Santiago Abascal, contra la reforma de la ley mordaza, ayer ante la Delegación del Gobierno en Madrid.

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