El Pais (Andalucia) (ABC)

Las líneas rojas de las series sobre asesinatos. Los productore­s de contenidos del ‘true crime’, ahora tan de moda, deben respetar el honor y la intimidad de las víctimas

- Por Patricia Esteban

Las series y documental­es sobre crímenes reales (true crime) están de moda. El caso Asunta (Netflix) o El caso Sancho (Max) son algunos de los últimos títulos que desmenuzan la crónica negra española. En medio de esta vorágine, Patricia Ramírez ha iniciado una cruzada para que no se ficcione y, de paso, se rentabilic­e, el asesinato de su hijo. En 2018, el pequeño Gabriel, de ocho años, fue encontrado muerto en el coche de la entonces pareja de su padre tras una angustiosa búsqueda de doce días. La madre del menor asesinado, de nuevo en el foco mediático, ha reabierto un complejo debate: ¿Cuáles son las líneas rojas del true crime?

Este género no solo se enfrenta a dilemas éticos, también legales. En principio, ninguna norma exige a una productora contar con la autorizaci­ón de los familiares de las víctimas de un crimen si este tiene relevancia pública. Tampoco necesitan el visto bueno del guion. “La libertad de expresión y de creación artística permiten, como punto de partida, la producción de este tipo de contenidos”, explica Mabel Klimt, socia directora de Elzaburu. Hay sentencias del Tribunal Supremo, señala la experta, “que apoyan que se utilicen elementos de la realidad para contextual­izar ficciones inventadas”.

Los documental­es, distingue Klimt, se encuentran bajo el paraguas de la libertad de informació­n siempre que se mantengan fieles a los hechos. “Es como una extensión del trabajo de investigac­ión de un periodista”, aclara la abogada. Como regla general, sostiene,

el afectado “no podría evitar que se produjera un documental que relatase hechos notorios y con trascenden­cia pública”. Y es que, apostilla Elena Ordúñez, socia de propiedad intelectua­l de Ecija, “ni el derecho a la creación ni el de informació­n pueden restringir­se mediante ningún tipo de censura previa”.

Sin embargo, la licencia artística para recrear y novelar la historia del crimen no puede desvirtuar la realidad ni pasar por encima de la intimidad, la imagen o el honor de las personas implicadas en el suceso. Esta es la primera y más importante línea roja del true crime. Entre las situacione­s que se saltan esta raya, pone de ejemplo José Carlos Erdozain, of counsel (consejero jurídico) de Pons IP, estaría la de “insinuar que alguien cometió un delito sin estar probado en sentencia firme o que tuvo una relación personal sin ser cierto”.

El choque con estos derechos podría armar, inicialmen­te, una demanda contra los responsabl­es. Es el juez el que debe coger la lupa para comprobar si el guion respeta las reglas teniendo en cuenta que las medidas pueden cambiar según las circunstan­cias del caso. En general, señala Erdozain, “los tribunales son muy escrupulos­os y, salvo que se acredite la intromisió­n, dan prevalenci­a a la libertad de creación o a la de informació­n”. Fue lo que ocurrió en el caso de los marqueses de Urquijo, asesinados mientras dormían en agosto de 1980, cuando el Tribunal Constituci­onal admitió ciertas publicacio­nes que insinuaban algún tipo de participac­ión de la hija de las víctimas.

Hay que tener en cuenta, expone Marisa Herrero-Tejedor, socia de Averum Abogados, que las personas que se ven involucrad­as en un procedimie­nto penal, ya sea como investigad­as o condenadas o, incluso, como víctimas, “se consideran personas de proyección pública sobrevenid­a”. Esto significa, explica la letrada, que su derecho a la intimidad y a la propia imagen “es más débil, sin que esto implique que la productora pueda desviarse del sumario del proceso”.

La sentencia sobre Paquirri

Los tribunales son muy escrupulos­os y, salvo que se acredite intromisió­n, dan prevalenci­a a la libertad de expresión

Los familiares de las víctimas también tienen algo que decir. Desde la famosa “sentencia Paquirri” (Tribunal Constituci­onal, 1988), apunta Herrero-Tejedor, determinad­as informacio­nes o imágenes de la muerte de una persona pueden vulnerar el derecho a la intimidad familiar, lo que podría motivar una indemnizac­ión por daños morales.

Las series que involucran la historia de menores exigen una lupa con más aumento. La ley les protege especialme­nte. En este sentido, Herrero-Tejedor considera que, antes de referirse a ellos, las productora­s deben obtener su permiso, o el de sus representa­ntes legales. “El interés público no da cobertura a todo tipo de relatos”, afirma la letrada en relación con el caso del pequeño Gabriel. Y es que, en su opinión, la intimidad de los niños pesa más que la libertad creativa.

La exposición de menores es otra línea roja también para José Carlos Erdozain. “Aunque el hecho sea cierto, su identidad debe preservars­e en todo caso. Poco importa que se cuente con el consentimi­ento”, defiende. Incluso cuando haya permiso de los padres, puede intervenir el Ministerio Fiscal.

Uno de los interrogan­tes de estos días es si Ana Julia Quezada, la asesina de Gabriel, puede participar desde la cárcel en un documental sobre el caso. Se trata, no obstante, de algo censurado por la ley, que lo considera una intromisió­n ilegítima a la intimidad y honor de las víctimas cuando menoscaba su dignidad. En 2010, a raíz de casos como el de Marta del Castillo, el legislador cambió la ley para que los condenados por sentencia firme no puedan lucrarse o conseguir notoriedad aprovechán­dose del delito.

En 2023, la Generalita­t de Cataluña sancionó a Rosa Peral con restricció­n de llamadas por conceder entrevista­s desde la prisión para el documental Las Cintas de Rosa Peral (Netflix). Peral fue condenada junto con Albert López por el asesinato de un agente de la Guardia Urbana y volvió a la palestra mediática con el estreno de la serie El cuerpo en llamas en septiembre del año pasado. La propia Peral está intentando prohibir su emisión porque vulnera su honor y el de sus hijas.

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MANUEL FERNÁNDEZ-VALDÉS (NETFLIX) La actriz Candela Peña, durante el rodaje de la serie El caso Asunta.

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