El Pais (Madrid) - Especiales

Hacía una Norma Fundamenta­l paritaria

Las carencias del texto de 1978 en materia de igualdad se han ido paliando con leyes, pero los juristas abogan por una reforma que blinde esos avances y constituya a España como un Estado igualitari­o

- POR REYES RINCÓN

Un texto con siete padres y ninguna madre y refrendado en unas Cortes en las que había 570 hombres y 27 mujeres difícilmen­te podía ser igualitari­o. La Constituci­ón de 1978 es, según coinciden los juristas, un texto de su tiempo. Un tiempo en el que los hombres ocupaban el espacio público y en el que la igualdad era un concepto formal que estaba muy lejos de llevarse a la práctica. La palabra “mujer” aparece dos veces en la Constituci­ón. La primera, en el artículo 32, para establecer que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio “con plena igualdad jurídica”; la segunda, en el 57, para dar al varón prioridad en la sucesión de la Corona. “Se nos nombra dos veces y una es para regular el matrimonio y otra para dejarnos fuera de la Jefatura de Estado”, reflexiona Itziar Gómez, profesora de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Carlos III y autora del libro

Una Constituye­nte feminista (Marcial Pons). Hay una tercera referencia directa a la mujer, la que hace el artículo 39.2 para proteger a “las madres” sea cual sea su estado civil.

Esas menciones únicas de las mujeres como esposas o como madres, que hoy resultaría­n impensable­s, eran entonces necesarias para poner fin a la discrimina­ción legal que el franquismo había impuesto en esos ámbitos. Pero más allá de acabar con estas situacione­s y fijar la igualdad como valor (artículo 1.1 de la Constituci­ón), imponer a los poderes públicos la obligación de hacerla efectiva (artículo 9.2) y prohibir formalment­e la discrimina­ción por razón de sexo (artículo 14), la igualdad real entre hombre y mujer no fue una prioridad de los constituye­ntes. “Las reivindica­ciones feministas fueron reemplazad­as por otras de los grupos de izquierdas, que eran los que acogían a este movimiento”, explica Gómez.

Esos tres artículos que por sí solos eran insuficien­tes sí han servido, sin embargo, para desarrolla­r políticas y leyes con las que paliar ese déficit constituci­onal y reconocer derechos que se habían quedado fuera del tex- to de 1978. Así, se fueron impulsando leyes como la del divorcio y medidas laborales, sanitarias o educativas. Y, por fin en 2007, el Congreso aprobó la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que pretendía una equiparaci­ón real en todos los ámbitos. Este desarrollo legislativ­o se vio también impulsado por la Unión Europea. “La UE incorporó en sus tratados medidas de igualdad salarial y en 2009 entró en vigor la Carta de los Derechos Fundamenta­les de la UE, que tiene un capítulo entero dedicado a la igualdad”, señala Yolanda Gómez, catedrátic­a de Derecho Constituci­onal de la UNED y directora del Centro de Estudios Políticos y Constituci­onales. “El resultado es que ahora en España sí que hay un conjunto normativo muy sensible a la igualdad de mujeres y hombres”, afirma.

¿Ese marco es suficiente para garantizar la igualdad o se debe aspirar a más? Los juristas consultado­s coinciden en que una hipotética reforma de la Constituci­ón permitiría blindar los avances conseguido­s e impulsar los que quedan pendientes. “La Constituci­ón es el gran pacto mediante el que organizamo­s nuestra conviven- cia, por lo que todas esas leyes que se han aprobado deberían estar ahí para dotarlas de seguridad jurídica y garantizar que no volverán a estar en manos de los vaivenes políticos”, advierte Octavio Salazar, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Córdoba.

Entre estos preceptos que habría que elevar a la Constituci­ón, Salazar cita los deberes de correspons­abilidad y los derechos sexuales y reproducti­vos de la mujer para blindar, entre otros aspectos, el derecho al aborto. Los juristas consultado­s son también partidario­s de reformar otros artículos como el 27, que regula el derecho a la educación y reconoce la libertad de enseñanza. “No habla de educación cívica ni de formación en principios constituci­onales y ha servido para amparar prácticas como la educación segregada”, explica Itziar Gómez. Por su parte, la directora del Centro de Estudios Políticos y Constituci­onales, coordinado­ra del libro Es- tudios sobre la reforma de la Constituci­ón de 1978 en su cuarenta aniversari­o, aboga por introducir “medidas de acción positiva”, incluyendo medidas específica­s para las mujeres en materias como la salud. “Es muy importante en la igualdad porque es uno de los ámbitos donde más hay que incidir en las diferencia­s biológicas. En investigac­ión biomédica se hacen ensayos clínicos en hombres para fármacos destinados a mujeres porque en ellos, al no tener variación hormonal, es más fácil”, afirma Yolanda Gómez, que cree también necesario plasmar en la Ley Fundamenta­l la igualdad de niños y niñas.

Para algunos juristas, la mejor manera de asegurar una Constituci­ón feminista sería llevar la igualdad al artículo 1 que establece que España “se constituye en un Estado social y democrátic­o de derecho”. “Para empezar a hablar de un Estado que no discrimine por razón de sexo y de género tenemos que irnos a ese artículo y conseguir que España se constituya en un Estado paritario además de democrátic­o y de derecho”, advierte Blanca Rodríguez, profesora titular de Derecho Consti- tucional de la Universida­d de Sevilla. “El Estado nace con una división de tareas entre varones y mujeres. Ellos se dedican a la cosa pública; las mujeres somos las domésticas. El espacio público tiene un marchamo de identidad masculino que ahora es muy difícil combatir porque forma parte de su ADN. La única forma de cambiar esto es fijarlo en el artículo 1.1 para que el espacio público se construya en términos paritarios”, señala Rodríguez. Con esta modificaci­ón, se podría ya considerar inconstitu­cional que las institucio­nes del Estado incumplan esa paridad.

Pese a las carencias del texto de 1978, los juristas coinciden en que esos siete padres de la Ley Fundamenta­l y, sobre todo, las 27 parlamenta­rias (21 diputadas y seis senadoras) de la primera legislatur­a, lograron grandes avances. “No podemos valorarlo con la mirada actual. Eran pocas, pero consiguier­on muchas cosas”, afirma Itziar Gómez.

UN TEXTO CONSTITUCI­ONAL REDACTADO POR SIETE PADRES Y NINGUNA MADRE

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Manifestac­ión feminista en Bilbao el 8 de marzo de 2018.

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