El juez libra de la cárcel a Ricardo Costa por ayudar a destapar la caja b del PP
El exdirigente realizará 365 jornadas de trabajo comunitario no remunerado
Ricardo Costa, el que fuera número dos del expresidente valenciano Francisco Camps, no entrará finalmente en prisión para cumplir los cuatro años a los que fue condenado en 2018 por el caso Gürtel. El juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia ha suspendido su encarcelamiento a cambio de 365 jornadas de trabajo comunitario y una multa. El magistrado destaca la “excepcional” ayuda de Costa para destapar “la financiación ilegal del PP”.
Ricardo Costa fue condenado hace un año por tres delitos electorales y otro continuado de falsedad documental a cuatro años de cárcel y una multa de 75.000 euros por la financiación irregular de las campañas del PP valenciano de 2007 y 2008. Entonces, el juez Vázquez Honrubia ya tuvo en cuenta su colaboración para aplicarle un atenuante. El exdirigente popular no recurrió el fallo y pasó a ser firme, pero se aplazó cualquier decisión sobre su ingreso en prisión —la defensa de Costa planteaba que no debía entrar en la cárcel porque ninguna de las penas de los cuatro delitos superaba los dos años— a la espera de que el Tribunal Supremo decidiera sobre los recursos presentados por otros condenados.
El 1 de febrero, días antes de que abonara los 75.000 euros de la multa a la que había sido condenado, el exdirigente del PP presentó un escrito en la Audiencia Nacional en la que solicitaba sustituir la ejecución de la pena por otra multa o, en su defecto, suspenderla. La Fiscalía rechazó la primera propuesta, pero respaldó la segunda a cambio de que fuera acompañada por el abono de una multa y la realización de trabajos comunitarios.
El juez dio el 27 de marzo la razón a Anticorrupción y dictó el auto en el que acordaba suspender la pena a cambio de que Costa abonase 192.000 euros —los pagó el pasado 5 de junio— y realizase las jornadas de trabajo comunitario a lo largo de cuatro años. También impuso al popular la obligación de fijar un domicilio, y la condición de “no cometer ningún delito durante el tiempo de la suspensión”.
El magistrado recalca que en su decisión ha tenido en cuenta que “Ricardo Costa ha seguido colaborando con fiscalía y órganos judiciales cuando menos en tres procedimientos de análoga significación delictiva” al que fue condenado. Señala en concreto los casos Formula 1 (en el que se investiga la construcción de circuito de Valencia