El Pais (Galicia) (ABC)

Un trabajo elegido por el condenado

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El juez acordó el 5 de junio, a petición del propio Costa, que este cumpla las 365 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad en la Asociación Cultural Castalia Iuris, situada en Castellón y dedicada a organizar exposicion­es de arte y presentaci­ones de libros. La decisión del magistrado choca con el decreto que regula el cumplimien­to de las medidas alternativ­as a prisión y que fija que será la Administra­ción penitencia­ria, y no el juez, quien decide dónde se ejecuta la pena.

y por el que ha sido procesado recienteme­nte Camps), Valmor (por las irregulari­dades en la celebració­n de cinco grandes premios de automovili­smo) e Imelsa (por la trama de corrupción entorno a una empresa pública valenciana).

Vázquez Honrubia añade que también ha valorado que Costa haya declarado en cuatro ocasiones, entre marzo y junio de 2018, ante Anticorrup­ción para aportar nuevos datos, y que haya comparecid­o en la comisión de investigac­ión del Congreso sobre la caja b del PP. Finalmente, pone en valor la declaració­n que el político valenciano hizo en julio de 2018 ante el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata, instructor del caso de los papeles de Bárcenas. Sobre esta última, el auto recalca que el testimonio de Costa ha permitido “reordenar y ampliar la investigac­ión”. “Esta relevante y continuada colaboraci­ón efectiva con la Justicia puede y debe enmarcarse en el principio esencial de reparación del daño”, destaca el magistrado que considera que Costa, con su actitud, “se ha sometido plenamente a la Ley y al Derecho tras la comisión del delito”.

No obstante, Vázquez Honrubia cree imprescind­ible que la suspensión de la condena se vea condiciona­da al pago de una nueva multa y la realizació­n de trabajos comunitari­os para evitar que el no ingreso en prisión pueda “trasladar al condenado una indeseable sensación de impunidad”. En este sentido, recuerda que sus delitos provocaron “alarma social” y, en el caso de los electorale­s, “afectó a intereses generales constituci­onalmente protegidos”.

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