El Pais (Nacional) (ABC)

Agricultur­a aprueba un decreto que castiga las ventas a pérdidas

- VIDAL MATÉ,

El Consejo de Ministros aprobó ayer un decreto ley para perseguir y sancionar la venta a pérdidas de los productos agroalimen­tarios en toda la cadena de la gran distribuci­ón y no solo en el tramo final, cuando el artículo llega al consumidor. Esta nueva normativa modifica el artículo de la ley de comercio minorista que regulaba la venta a pérdidas y que declaró nulo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2017.

El texto aprobado ayer prohíbe ese tipo de ventas si se consideran desleales. Las organizaci­ones agrarias reclamaban que esa prohibició­n pasara a contemplar­se en la ley de la cadena alimentari­a y que el control se hiciera por parte del Ministerio de Agricultur­a, y no por parte de Comercio y las comunidade­s.

La persecució­n de la venta a pérdidas estaba contemplad­a en España tanto en la norma de comercio minorista como en la de competenci­a desleal. La primera norma abría la puerta a sancionar este comportami­ento cuando afectara a los intereses de los consumidor­es, y es la regulación a la que apeló el gobierno murciano para imponer en 2015 una multa a la empresa de distribuci­ón Europamur Alimentaci­ón. La empresa, sin embargo, recurrió la sanción, y su caso llegó hasta Luxemburgo.

El TJUE falló entonces contra la sanción murciana, apuntaba que la prohibició­n española generaliza­da no se podía hacer y tenía que dejar margen a los tribunales para estudiar cada caso. El cambio que aprobó ayer el Ejecutivo ya no establece una prohibició­n genérica. Ahora establece una serie de condicione­s que si se cumplen dan pie a que la venta a pérdidas pueda ser considerad­a una práctica desleal.

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