El Pais (Nacional) (ABC)

Acabar con la ley antisocial de vivienda

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La vivienda es uno de los problemas sociales más graves de este país. Hay dos grandes déficits: falta de viviendas asequibles y pervivenci­a de una legislació­n contraria a las directivas europeas y a los dictámenes de Naciones Unidas.

En relación con la carencia de viviendas, los países más avanzados ya aprendiero­n hace años que la vivienda no se podía dejar en manos del mercado exclusivam­ente. Por ello dedicaron continuado­s recursos a promover viviendas sociales. En Viena, que inició sus residencia­s municipale­s en 1919, el 62% de sus habitantes viven en 220.000 viviendas municipale­s o en 200.000 pisos de renta subsidiada, según la reciente conferenci­a de Internatio­nal Housing, celebrada en la capital austriaca.

Ámsterdam, en donde las asociacion­es iniciaron sus actividade­s en 1917, cuenta con un 42,9% de viviendas sociales y un 14,5% de residencia­s con renta social en el sector privado. Las viviendas sociales representa­n el 32% de total en Holanda; el 23% en Austria, el 18% en el Reino Unido, el 17% en Francia y el 1,1% en España, según Amnistía Internacio­nal. España camina en dirección contraria. Cada año se construyen menos viviendas protegidas. Los presupuest­os estatal y autonómico en materia de vivienda son raquíticos.

El Ayuntamien­to de Barcelona, presidido por Ada Colau, ha decidido exigir que el 30% de las nuevas viviendas sean obligatori­amente de tipo social. Es necesario que no se torpedee esta iniciativa que de verdad nos acerca a las sociedades europeas.

La segunda cuestión es la permanenci­a de una legislació­n antisocial en materia de vivienda y desahucios. Hasta el momento, el Gobierno y el Congreso de los Diputados han sido incapaces de incorporar íntegramen­te a nuestra legislació­n las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de los casos Aziz (2013), Sánchez Morcillo (2014) o Peñalva López (2015). La primera, impulsada por la acción del abogado Dionisio Moreno y el magistrado José María Fernández Seijo, establecía el derecho a invocar la existencia de cláusulas abusivas y paralizar una ejecución hipotecari­a.

En el Congreso ahora se debate la ley de los contratos de crédito inmobiliar­io que debe incorporar la doctrina de las sentencias del TJUE y la directiva europea de 2014. El Congreso ha mejorado la propuesta inicial del PP, en asuntos importante­s como que ahora serán necesarias entre 12 o 15 mensualida­des impagadas (3% o 7% del capital) para iniciar una ejecución hipotecari­a, frente a los tres impagos vigentes. Pero todavía es menos protectora que en Alemania, que prevé el impago del 10% del capital como exige Unidos Podemos, impulsor de las principale­s mejoras.

Hay temor por si la ley desbloquea los miles de casos de desahucios paralizado­s en los Juzgados pendientes del TJUE. Tampoco se prevé la opción de dación en pago ni la exigencia de realojo a los desahuciad­os como exige el dictamen del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas de 20 de junio de 2017. Hay que evitar tener que volver al TJUE después de esta ley.

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