Baleares multa a Iberia por aplicar cláusulas abusivas
La aerolínea anuló billetes de vuelta a usuarios que no usaron la ida
La dirección general de Consumo del Gobierno balear ha multado a la aerolínea Iberia con 448.000 euros por aplicar la llamada cláusula no show en sus billetes, por la que la compañía anula de forma unilateral los trayectos de vuelta de un pasaje si el cliente no usa el de ida o enlace. Se trata de la mayor sanción impuesta por la dirección general a una compañía aérea, después de la multa de 320.000 euros aplicada a Vueling por las cancelaciones y retrasos del verano de 2016. Desde Iberia confirmaron ayer a EL PAÍS que la empresa ya ha recurrido la sanción, al considerarla “abusiva”.
El director general de Consumo de Baleares, Xisco Dalmau, explicó que la resolución contra Iberia parte de siete quejas de consumidores que denunciaron esta práctica abusiva y que provocaron la apertura de varios expedientes. El servicio de inspección de la dirección general de Consumo rastreó la página web de la aerolínea y constató que en el apartado sobre las condiciones generales del contrato figuraba la cláusula no show, que no sólo vulnera una norma estatal “sino también la legislación autonómica”, según Dalmau.
Derechos y obligaciones
La resolución de Consumo hace referencia a sentencias previas por cláusulas no show, como la dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo número tres de Melilla, que señala que no se puede alegar como justificación que la compañía padezca un perjuicio por dejar un asiento libre que podría utilizar un pasajero. “Lo que pierde la compañía es la posibilidad de vender otra vez el billete a otro pasajero, pierde la posibilidad de lucrarse doblemente”, subrayó Dalmau. La sanción alcanza los 448.000 euros porque el Govern considera a la compañía responsable de una infracción muy grave en la que concurren las circunstancias agravantes de reiteración y reincidencia. Dalmau aseguró que Iberia ya había cometido otras infracciones relacionadas con la vulneración de los derechos de los consumidores y había sido sancionada en los últimos tres años en tres ocasiones por un importe de 60.000 euros. En lo que va de 2018, la dirección general de Consumo ha registrado 1.586 reclamaciones relacionadas con el transporte aéreo.
Dalmau recordó que también el Supremo estimó abusiva la cláusula no show. La institución ratificó el mes pasado, mediante la desestimación de un recurso de casación, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que consideraba que la condición general analizada era “manifiestamente abusiva”. El alto tribunal concluyó que una cláusula de este tipo implica un desequilibrio de derechos y obligaciones contrario a la buena fe, ya que a un consumidor que ha cumplido su obligación “se le priva de disfrutar de la prestación contratada”.
La dirección general de Consumo de Baleares ha impuesto más de un millón de euros en multas a los operadores del transporte aéreo en los últimos tres años y medio. Vueling recibió la que hasta ahora es la segunda mayor sanción, de 320.000 euros, por los retrasos y cancelaciones de 2016. La compañía recurrió la decisión, pero la dirección general desestimó sus alegaciones. La empresa recurrió después a la vía judicial, que será la que finalmente dirima la cuestión.