¿Protege más a las mujeres elevar las penas?
Juristas, sociólogos y criminólogos alertan del “populismo punitivo” y consideran un error centrar en el Código Penal la lucha contra los delitos sexuales
“La dureza del delito sexual en España tiene algo machista”, dice un experto
La entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, la conocida como ley del solo sí es sí, ha causado una tormenta jurídica y política al derivar en decenas de rebajas de penas a agresores sexuales condenados con la ley anterior, que han visto su castigo reducido con la nueva norma. La oposición ha puesto en la diana a la ministra de Igualdad, Irene Montero, pero también al resto del Gobierno, al que acusan de dejar “desprotegidas” a las mujeres. Desde el Ejecutivo se ha admitido la estupefacción por que una de las leyes estrellas de la legislatura, pensada para dar un paso adelante en las políticas feministas y la libertad sexual de las mujeres, se haya vuelto en contra con un efecto bumerán que nadie previó.
¿La intención del Gobierno era entonces elevar las penas? ¿Incrementar los castigos a los agresores aumenta la protección de las mujeres, o al menos, su sensación de seguridad? ¿Los disuaden a ellos más años de cárcel? Juristas, expertos que participaron en los debates previos a la ley, sociólogos y criminólogos reflexionan sobre estas cuestiones, y, aunque con matices en sus argumentos, comparten una conclusión: las penas por los delitos sexuales en España son altas, para algunos “desproporcionadas” en comparación con otros delitos y con los países de su entorno. La nueva ley, según la mayoría, consolida un marco penal muy severo pese a que, aseguran, los castigos elevados contra los agresores sexuales no incrementan la protección para las mujeres. Los expertos hablan de “populismo punitivo” y lamentan que haya calado en la sociedad y entre los políticos.
Cambiar el marco penal no era el fin fundamental de la ley de libertad sexual. La norma nació para desplegar medios y recursos que permitieran avanzar en la libertad sexual desde todos los ámbitos. Y el texto, recuerda María Acale, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Cádiz, contempla medidas de educación y apoyo institucional que pueden funcionar más como prevención que las medidas penales. Ese era uno de los objetivos principales de la nueva norma, pero ha quedado diluido en los debates sobre las penas. “El que todo el mundo, empezando por la ministra, llamemos a esto la ley del solo sí es sí significa que nos hemos creído el protagonismo del derecho penal en la lucha contra la violencia sexual y protección a las víctimas”, lamenta Miren Ortubay, doctora en Derecho Penal y experta en violencia machista, y recuerda que la reforma del Código Penal estaba incluida en una disposición final del extenso texto de la ley. “Y a raíz de eso le cambiamos hasta el nombre. Esto no era una ley penal, pero eso se ha convertido en el centro. Nos han colonizado el pensamiento”, lamenta.
Los expertos coinciden en que las penas para los delitos sexuales en España son históricamente altas. “La comparación hay que hacerla con cómo castigas otros comportamientos con los que pueda haber alguna analogía”, señala el catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid Juan Antonio Lascuraín, que en un artículo publicado esta semana en EL PAÍS citaba varios ejemplos para ilustrar esta tesis. “Una violación agravada a una víctima adulta puede alcanzar hoy la pena de 11 a 15 años de prisión, más que unas torturas graves (2 a 6), un aborto intencional no consentido por la gestante (4 a 8), una mutilación genital (6 a 12) e incluso un homicidio intencional (10 a 15)”, señalaba.
Esa comparación de la pena de violación con la de homicidio es un ejemplo al que recurren casi todos los expertos. “Violar a alguien puede tener el mismo precio que matar a alguien. Esto es una distorsión que esta reforma no ha cambiado”, lamenta el catedrático Manuel Cancio.
La tesis habitual, señalan los expertos, es que esta “sobredimensión” de las penas de los delitos sexuales tiene que ver con la antigua idea de la honra de la mujer. “Hay algo de concepción machista en esa dureza de los delitos”, advierte Lascuraín, que apunta que en los últimos años un cierto sector del feminismo se ha sumado a esta tendencia, un efecto que también lamenta Ortubay: “El populismo punitivo es una bandera del capitalismo neoliberal. Tiene que ver con la obsesión por la seguridad e intentar solucionar los problemas sociales aumentando las penas. Pero es un discurso que han comprado también personas de izquierdas, e incluso feministas”. La delegada del Gobierno para la Violencia de Genero, Victoria Rosell, jueza de carrera, coincide en que las peticiones de penas altas “de la derecha y la ultraderecha” para los delitos sexuales suponen “un punitivismo paternalista que crea gran desprotección a las mujeres”.
Según los juristas, las penas para estos delitos en España son también altas en comparación con la mayoría de países europeos. Cancio explica que el Código Penal español es severo “en general”, comparado con la mayoría de los países del centro y norte de Europa, pero la diferencia es más acentuada en los delitos sexuales. “El Código Penal sueco, que se parece al español en cuanto a cómo tipifica, tiene de tres a seis años de prisión para la violación. Y para los más graves, con violencia, son 10 años. En Alemania, un mínimo de dos y luego la horquilla es de dos a 15 de máximo en violaciones con riesgo para la vida”, señala el catedrático, qur cree que en la nueva ley se ha perdido una oportunidad de modular los castigos. “Las penas en general no bajan, sino que suben”, señala.
La mayoría de los juristas comparte esta interpretación. La norma agrava el castigo para conductas que antes eran consideradas abusos y tenían menor reproche penal. Pero también, al ampliar el arco como efecto de la unión de los abusos y las agresiones en un solo delito, se han reducido las mínimas de algunas horquillas para
Los castigos son más severos que en los países del entorno europeo
“Hay que sobreponerse al ‘ojo por ojo”, defiende una penalista
dar cabida a hechos menos graves de los que antes castigaba. Y en estos supuestos es donde los jueces están concediendo la mayoría de rebajas de condena. Los juristas coinciden en que este efecto no era buscado por el Gobierno y creen que entre los casos hay algunos en los que se está “retorciendo” el texto de la ley. “Si la intención del legislador fuera que ahora algo es menos grave de lo que era antes, hay que adaptar la pena. Pero en este caso, ¿el legislador nos está diciendo que la violación con violencia es ahora menos grave que antes? La respuesta es no”, señala Cancio.
Corregir conductas
Los estudios, aseguran los expertos, reflejan que penas más largas no reducen delitos. “Implica más la satisfacción de intentar responder a una alarma social, es una cuestión política y técnica”, dice Meritxell Pérez, psicóloga, criminóloga y secretaria general de la Fundación para la Investigación Aplicada en Delincuencia y Seguridad (Fiadys), quien recuerda que la cadena perpetua o la pena de muerte no lleva asociada una disminución de la delincuencia. Antonio Andrés Pueyo, catedrático de Psicología de la Violencia en la Universidad de Barcelona, apunta que la mayoría de los que delinquen por primera vez no se plantean antes de actuar los años de cárcel que les van a caer.
Otro asunto de debate es hasta qué punto el paso por la cárcel sirve para corregir las conductas de los agresores sexuales, lo que podría justificar penas altas si en ese tiempo se trabaja con ellos. Pueyo asegura que en, ciertos delincuentes sexuales, el tiempo a veces es necesario. En los agresores de menores, por ejemplo, sobre todo en los pedófilos. “La pedofilia es un problema muy grave, crónico, no modificable”. Ocurre también con los reincidentes.
Pero para la mayoría —que son los llamados agresores sexuales oportunistas—, la prisión corta es más eficaz. “Estar mucho tiempo sirve de muy poco para estos. Pierden trabajos, se criminalizan más…”, dice Pueyo. Acale hace un llamamiento para que se implanten recursos que añadan eficacia a la estancia en prisión. “¿Para qué queremos que estén más años si no se hace nada con ellos? A las víctimas les interesa que reciban un tratamiento”.
En el Derecho Penal moderno, dice Marisa Soleto, “hay que sobreponerse al ojo por ojo hablando de penas”. Para la jurista y directora de la Fundación Mujeres, la penalización de los delincuentes en una sociedad democrática tiene que ir más allá de lo punitivo, y hay cuestiones como la lentitud de la justicia que puede dar más sensación de impunidad que más o menos años de prisión: “Si una mujer que sufre un delito espera dos años por el juicio, y más dos por el recurso, ha estado cuatro años invadida por ese delito”.
“La calidad de la justicia se mide por multitud de factores, no solo por el número de años de las penas”, apunta Soleto. “No soy punitivista. Prefiero penas más bajas y sentencias menos vergonzosas, siempre y cuando se cumpla lo imprescindible: cómo las víctimas pueden repararse, restituirse y sentir que hay justicia”.