EE UU causa polémica por considerar “no vinculante” la resolución de Gaza
La mayoría de miembros del Consejo de Seguridad de la ONU y muchos expertos creen que obliga a las partes, aunque no tiene capacidad para imponerla
Con su abstención en la votación de una resolución de alto el fuego inmediato en Gaza, la 2728, la primera en seis meses de guerra, EE UU provocó el lunes no solo el enfado de Israel, que le había pedido que vetara el texto, sino también una ruidosa polémica, entre jurídica y diplomática, al minimizar la decisión considerándola “no vinculante”. Para Washington era una finta retórica para que el varapalo propinado públicamente a su gran aliado en Oriente Próximo pasase más desapercibido: una resolución no vinculante no obliga por principio a nada, y mucho menos a ese cese de las hostilidades que Israel viene rechazando de manera tajante desde el inicio de la guerra.
“Una proposición no vinculante”, la definieron el lunes al unísono la embajadora de EE UU ante la ONU, Linda Thomas-Greenfield, y el portavoz del Consejo de Seguridad Nacional de la Casa Blanca, John Kirby, que dijo: “No tiene impacto en Israel, ni en su capacidad de ir contra Hamás”. Las palabras de ambos sonaron como un torpedo impactando en la línea de flotación del máximo órgano ejecutivo de la ONU, encargado de velar por la paz y la seguridad mundiales: ¿Son o no sus resoluciones vinculantes? Es más, ¿acaso unas lo son y otras no? Representantes diplomáticos y expertos en la materia salieron en tromba a refutar el punto de vista de Washington. António Guterres, secretario general de la ONU, dejó clara su opinión: son vinculantes. Así lo afirma el artículo 25 de la Carta fundacional: “Los miembros de las Nacioculante, nes Unidas convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad de acuerdo con esta Carta”.
Varios representantes del Consejo de Seguridad, con Mozambique y Sierra Leona a la cabeza, recurrieron a la jurisprudencia para apuntalar la vinculación. Los dos diplomáticos africanos, ambos con formación jurídica, afirmaron que la resolución 2728 es vinEl
descartando que la abstención de uno de los cinco miembros permanentes en la adopción de la iniciativa (la de EE UU) modificase la naturaleza vinculante de la misma. Ambos se apoyaron en la opinión consultiva de 1971 del Tribunal Internacional de Justicia (TIJ), que estableció que todas las del Consejo lo son. El embajador de Argelia lo resumió de manera aún más categórica: “Las resoluciones del Consejo de Seguridad son vinculantes. No casi. No parcialmente. No tal vez”.
EE UU se adentró en aguas cenagosas el lunes, no solo frente a Israel, también ante el único árbitro de la comunidad internacional, con su estridente interpretación del texto, y de remate desvió casi por completo la atención del tardío logro del Consejo. Adil Haque, profesor de Derecho Internacional en Rutgers y editor ejecutivo de Just Security, no tiene dudas al respecto: “La resolución es vinculante. El Tribunal Internacional de Justicia ha dictaminado que no es necesario que una resolución mencione el Capítulo VII de la Carta [acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión], se refiera a la paz y la seguridad internacionales o utilice la palabra decide para que tenga efecto vinculante. Cualquier resolución que utilice un ‘lenguaje obligatorio’ crea obligaciones”, explica Haque, que subraya también la “intención determinante” de los miembros del Consejo que redactaron y votaron a favor de la resolución de alto el fuego. “Pretendían que tuviera un efecto vinculante”. ¿En qué se basa Washington para sostener una opinión discordante? “No parece que EE UU tenga
un argumento jurídico coherente”, explica Adil Haque.
Haque advierte contra la tentación de ver precedentes en la actual objeción de Washington: “Su postura [sobre la resolución 2728] puede socavar otras resoluciones importantes que el propio país defendió, incluida la reciente que pide un alto el fuego en Sudán”.
Richard Gowan, durante décadas alto cargo de la ONU y hoy en la ONG International Crisis Group, especializada en la prevención de conflictos, considera que la polémica obedece a una diferencia sustancial de interpretaciones. “Existen diferencias en la manera de leer este texto por parte de EE UU y de otros miembros del Consejo. Los juristas estadounidenses opinarán que el hecho de que el texto exija un alto el fuego significa que no es jurídicamente vinculante”, explica el experto, en línea con lo manifestado por Haque. “Desde el punto de vista de EE UU, el texto tendría que haber decidido un alto el fuego para ser legalmente vinculante”. Exigir o decidir: el alambicado lenguaje de la diplomacia. “Puede parecer una distinción muy pequeña”, explica Gowan, “pero tiene su origen en el artículo 25 de la Carta de la ONU, que dice que los Estados deben aceptar y cumplir las decisiones del Consejo, pero no se refiere a sus exigencias”.
Pese a la polémica, la confusión, dice Gowan, pudo resultar útil el lunes. “Las diferentes interpretaciones permitieron a EE UU abstenerse ante una resolución que considera no vinculante, y esto pudo ser ventajoso, porque de haberla visto como jurídicamente vinculante podría haberse sentido obligado a vetarla”. A la inversa, subraya, “otros miembros del Consejo podrían haber estado disconformes con un texto que consideraban simplemente retórico”.
“Para Washington, el texto exige y no decide”, dice un exalto cargo del organismo