Trabajo informa a la Fiscalía de los delitos que ha detectado en su investigación a Glovo
El Código Penal castiga el uso de falsos autónomos con hasta seis años de prisión
El Ministerio de Trabajo ha informado a la Fiscalía General del Estado de los delitos que ha detectado en el proceder de Glovo, la empresa de reparto que sigue operando con falsos autónomos pese a la ley rider. El departamento que dirige Yolanda Díaz ha elaborado un informe, que ha remitido a la Fiscalía, en el que detalla cientos de casos concretos de empleados que deberían ser asalariados, pero reparten para Glovo como trabajadores por cuenta propia. “Según las actuaciones inspectoras, esta empresa podría vulnerar el Código Penal por no atender los requerimientos que se le han realizado para que reconozca como trabajadores por cuenta ajena a sus repartidores”, explican fuentes del ministerio. Glovo dice que no conoce esta cuestión ni ha recibido ninguna información al respecto.
La Fiscalía General del Estado explica que recibió el informe de Trabajo en octubre de 2023 y que trasladó la información a la Unidad de seguridad y salud en el trabajo “por si los hechos denunciados pudieran ser delito contra los derechos de los trabajadores”. A la vista del informe de ese departamento, la denuncia fue remitida a la Fiscalía Provincial de Barcelona a principios de enero. El delegado de la Unidad en Barcelona está siguiendo el asunto, añaden fuentes fiscales.
El Gobierno aprobó la ley rider en 2021 para que los repartidores que operan como falsos autónomos estén protegidos por un contrato al uso. Pero Glovo, la principal empresa del sector, ignora la nueva legislación, a pesar de las millonarias multas impuestas por Inspección de Trabajo y la sentencia del Supremo de 2020 que reconocía la laboralidad de la relación de la empresa y sus repartidores.
Ante ese empeño en esquivar la legislación, el Ejecutivo puso en marcha en verano “la vía penal”, según adelantó a EL PAÍS el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey. “Hemos requerido formalmente a estas empresas que cumplan con la ley para que sean conscientes de que si no lo hacen, ya no es un problema solo de sanciones económicas, sino también un problema de sanciones penales”, dijo en una entrevista con este periódico.
El Congreso aprobó en 2022 una modificación del Código Penal que castiga el uso de falsos autónomos. Se establecen penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a 12 meses.
Desde el ministerio detallaban que ese aviso a Glovo “era la antesala de la aplicación del artículo 311.2 del Código Penal, recientemente modificado; si estos requerimientos no fructifican, trasladaremos a la Fiscalía la documentación pertinente para que ejerza las acciones oportunas atendiendo a esta nueva regulación penal”.
“La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha remitido un informe a la Fiscalía General del Estado poniéndole en conocimiento la actuación de las sociedades mercantiles de Glovo por considerar que podría ser constitutiva de un delito contra los derechos de los trabajadores”, añade el ministerio.
“Glovo no es conocedor de esta cuestión”, dicen fuentes de la compañía. “No hemos recibido ninguna información ni notificación al respecto. En caso de producirse, estudiaremos su contenido”, afirman. “Como siempre hemos hecho, reiteramos nuestra entera disposición para mantener un diálogo abierto y constructivo con las administraciones y agentes de nuestro país para así, entre todos, seguir construyendo el presente y el futuro de la economía digital”, añaden las mismas fuentes.
La empresa afirma no conocer esta cuestión ni haber recibido ninguna información
El documento detalla cientos de casos concretos de trabajadores