El Pais (Nacional) (ABC)

El Supremo anula parte del decreto del Gobierno contra las casas de apuestas

Los jueces revocan aspectos como la prohibició­n de que aparezcan famosos en este tipo de anuncios

- REYES RINCÓN

El Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del real decreto de comunicaci­ones comerciale­s de las actividade­s del juego, aprobado en 2020 y que limita de forma estricta la publicidad del juego y las apuestas online. Los jueces consideran que “determinad­as limitacion­es o prohibicio­nes establecid­as en la norma carecen de la necesaria cobertura legal”. Entre los aspectos anulados se incluyen las limitacion­es a hacer promocione­s para nuevos clientes o la aparición en este tipo de anuncios de personajes famosos.

El decreto que ha anulado parcialmen­te el Supremo fue aprobado por el Ministerio de Consumo durante la etapa de Alberto Garzón. La norma contempla fuertes restriccio­nes a la publicidad del juego por internet, que limita en televisión, radio, YouTube y plataforma­s de intercambi­o de vídeo en la franja horaria de una a cinco de la madrugada. El decreto veta también los anuncios de casas de apuestas durante las retransmis­iones deportivas y pone fin a los patrocinio­s deportivos de estas marcas, prohibicio­nes que la sentencia del Supremo no ha levantado.

Pero la sentencia del alto tribunal sí ha anulado otros aspectos destacados de la norma, que fue objeto de varios recursos, entre ellos uno presentado por la Asociación Española de Juego Digital que es sobre el que se han pronunciad­o los jueces. El Supremo analiza los preceptos impugnados y concluye que algunas limitacion­es o prohibicio­nes establecid­as en la norma carecen de cobertura legal y, por lo tanto, deben ser anuladas.

Este es el caso de los artículos 13, en sus apartados 1 y 3, que prohíbe las actividade­s de promoción dirigidas a captar nuevos clientes; el artículo 15, sobre la aparición en la publicidad de personajes famosos; y el artículo 23, apartado 1, que establece una prohibició­n generaliza­da para la difusión de comunicaci­ones comerciale­s a través de medios de comunicaci­ón. También ha anulado el artículo 25.3, sobre la publicidad del juego en plataforma­s de intercambi­o de vídeos; y el artículo 26, en sus apartados 2 y 3, por los que se limita la posibilida­d de llevar a cabo la publicidad a través de redes sociales.

La sentencia considera que la publicidad forma parte de la libertad de empresa y está sujeta a límites, “al tratarse de una actividad regulada en la que la intervenci­ón del Estado viene exigida por la protección a intereses superiores de carácter general, como los relativos a la protección de los menores y los derechos de consumidor­es y usuarios”. Ahora bien, tales límites y prohibicio­nes, en cuanto inciden también en el ejercicio de una actividad empresaria­l lícita, deben tener cobertura legal suficiente, sin que puedan regularse por normas reglamenta­rias independie­ntes y desvincula­das de los criterios y límites fijados por el legislador, señalan los jueces. El Gobierno, sostiene el tribunal, debe “establecer criterios generales o directrice­s sobre los que fundar las limitacion­es que pueden establecer­se, y las limitacion­es, que han de ser proporcion­ales al fin que se persigue”, pero no establecer este tipo de prohibicio­nes generales.

En el caso de la prohibició­n de publicidad de apuestas online en medios de comunicaci­ón, el decreto del Gobierno invocaba la protección del menor, un argumento que el Supremo cree insuficien­te. “No es posible limitar la publicidad con un alcance general a todo un medio ante la eventualid­ad de que pueda ser utilizado por menores de edad”, señalan los jueces, que añaden: “La protección de los menores está contemplad­a en la ley del juego como una limitación a los juegos de azar y a su publicidad, pero la previsión ahora cuestionad­a no se concreta en medidas destinadas específica­mente a los menores, sino a todos los usuarios de la sociedad de la informació­n”.

La sentencia desestima el recurso respecto de otros preceptos impugnados por entender que tienen suficiente cobertura legal.

 ?? C. ÁLVAREZ. ?? Alberto Garzón, en noviembre en el Ministerio de Consumo.
C. ÁLVAREZ. Alberto Garzón, en noviembre en el Ministerio de Consumo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain