La fiscal que investiga si el ministerio público reveló datos del novio de Ayuso se planta contra su archivo
La fiscal María de la O Silva, encargada de la denuncia del novio de Isabel Díaz Ayuso contra la Fiscalía, se ha plantado contra la cúpula del ministerio público. Silva se ha opuesto a la orden que recibió de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, para que se posicione a favor de archivar esa querella. Y, por ello, ha activado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que permite elevar el caso a la junta de fiscales cuando se considera que se ha recibido una instrucción “improcedente” de los superiores o “contraria a las leyes”.
El 14 de marzo la Fiscalía de Madrid emitió una nota de prensa que desmentía las informaciones tergiversadas que el equipo de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, estaba vertiendo contra el ministerio público tras la apertura del procedimiento contra su novio, Alberto González Amador, por fraude fiscal y falsedad documental. La pareja de la dirigente del PP y el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) denunciaron que ese comunicado supuso la revelación de datos confidenciales, lo que provocó que se abrieran dos causas paralelas.
El primero de los fiscales, perteneciente a la Fiscalía de Madrid, se pronunció sobre la denuncia del ICAM: se opuso a su admisión a trámite, pues argumentó que la nota del ministerio público no contenía ninguna información que no se hubiese sabido anteriormente por la prensa. Pero la querella del novio de Ayuso recayó en María de la O Silva, de la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid, que consideró que sí existen indicios de delito y propuso practicar una serie de averiguaciones previas (que supondría, en la práctica, investigar a la propia Fiscalía).
Sin embargo, María Ángeles Sánchez Conde, su superior jerárquica, instó a Silva a que también se posicionase en contra de la denuncia de González Amador. Sánchez Conde le expuso que la Fiscalía no puede pronunciarse sobre los mismos hechos de dos formas opuestas; que no se aprecian indicios de delito; y que es improcedente que se hagan averiguaciones previas y que incluyen solicitar comunicaciones de los fiscales contra los que se dirige la querella, Pilar Rodríguez y Julián Salto.