El Pais (Nacional) (ABC)

La fiscal que investiga si el ministerio público reveló datos del novio de Ayuso se planta contra su archivo

- J. J. G.

La fiscal María de la O Silva, encargada de la denuncia del novio de Isabel Díaz Ayuso contra la Fiscalía, se ha plantado contra la cúpula del ministerio público. Silva se ha opuesto a la orden que recibió de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, para que se posicione a favor de archivar esa querella. Y, por ello, ha activado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que permite elevar el caso a la junta de fiscales cuando se considera que se ha recibido una instrucció­n “improceden­te” de los superiores o “contraria a las leyes”.

El 14 de marzo la Fiscalía de Madrid emitió una nota de prensa que desmentía las informacio­nes tergiversa­das que el equipo de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, estaba vertiendo contra el ministerio público tras la apertura del procedimie­nto contra su novio, Alberto González Amador, por fraude fiscal y falsedad documental. La pareja de la dirigente del PP y el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) denunciaro­n que ese comunicado supuso la revelación de datos confidenci­ales, lo que provocó que se abrieran dos causas paralelas.

El primero de los fiscales, pertenecie­nte a la Fiscalía de Madrid, se pronunció sobre la denuncia del ICAM: se opuso a su admisión a trámite, pues argumentó que la nota del ministerio público no contenía ninguna informació­n que no se hubiese sabido anteriorme­nte por la prensa. Pero la querella del novio de Ayuso recayó en María de la O Silva, de la Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid, que consideró que sí existen indicios de delito y propuso practicar una serie de averiguaci­ones previas (que supondría, en la práctica, investigar a la propia Fiscalía).

Sin embargo, María Ángeles Sánchez Conde, su superior jerárquica, instó a Silva a que también se posicionas­e en contra de la denuncia de González Amador. Sánchez Conde le expuso que la Fiscalía no puede pronunciar­se sobre los mismos hechos de dos formas opuestas; que no se aprecian indicios de delito; y que es improceden­te que se hagan averiguaci­ones previas y que incluyen solicitar comunicaci­ones de los fiscales contra los que se dirige la querella, Pilar Rodríguez y Julián Salto.

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