El Supremo tumba por vez primera una sanción tributaria
El Tribunal Supremo ha fallado por primera vez a favor de revisar sentencias que sancionan en el ámbito tributario, exonerando del pago a un contribuyente inspeccionado por la Agencia Tributaria y sentando un precedente para casos similares. Según una resolución dictada recientemente por el alto tribunal, a partir de ahora podrá haber una reconsideración de los hechos ya juzgados en materia fiscal, algo que anteriormente era muy limitado. Alberto López, socio fiscal en Ejaso, el despacho que ha llevado la defensa, explica que “este caso es significativo porque supone un cambio en cómo se pueden manejar los asuntos tributarios en España”.
En el sistema jurídico español, por norma general, el recurso de casación no permite una revisión de los hechos probados por instancias inferiores. Es decir, se centra más en la interpretación del Derecho y en la fundamentación del fallo. Sin embargo, detalla López, la admisión por parte del Supremo de la doble instancia en este contexto implica que, bajo ciertas circunstancias, puede haber una revisión de los hechos ya juzgados, tal y como dictaminó en junio de 2020 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
El caso parte de una persona física que había sido acusada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de emitir facturas falsas bajo el régimen de módulos, además de pagar en efectivo a sus socios. Todo ello, “a partir de presunciones, sin aportar ninguna prueba”, alegó la defensa. A partir de aquí, la inspección emitió liquidaciones y sanciones que superaban el millón de euros, a la vez que abría un procedimiento penal. Ambos procedimientos no estuvieron conectados en ningún momento.
El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual estimó solo parcialmente los recursos de la defensa, manteniendo lo más importante de las liquidaciones y de las sanciones. Más tarde, sin embargo, el Juzgado de lo Penal absolvió al implicado y certificó “con rotundidad” que las presunciones de la Agencia Tributaria eran falsas. El contribuyente recurrió ante el Supremo con el objetivo de revocar la sentencia del tribunal gallego y anular la sanción.