SENTENCIA SOBRE EL MURAL DEL CÉNTRO CÍVICO DE NANCLARES DE LA OCA (ÁLAVA)
El edificio del Centro Cívico de Nanclares de la Oca, obra de los arquitectos Roberto Ercilla y Miguel Ángel Campo, fue seleccionado en la V Bienal de Arquitectura Española 1997/1998, obteniendo el segundo premio (accésit) en el Premio de Arquitectura Manuel de la Dehesa. Además, fue elegido para representar a España en la IX Bienal Internacional de Arquitectura de Venecia 2004.
A pesar de estos reconocimientos, y de la indudable singularidad y calidad arquitectónica del inmueble, en 2020 el Ayuntamiento de Nanclares de la Oca encargó la ejecución de un mural en su fachada sur, que ha desvirtuado la composición original del edificio. Ello motivó la demanda del Colegio Oficial de Arquitectos Vasco- Navarro (COAVN) con un doble propósito: la defensa de los derechos de propiedad intelectual de sus colegiados; y la defensa de los valores de la arquitectura contemporánea que, por su edad, quedaba fuera de la protección que la normativa otorga a los edificios históricos catalogados.
La Delegación en Álava del COAVN interpuso la demanda ante la jurisdicción mercantil, en defensa del derecho de propiedad intelectual de los autores del proyecto, solicitando el restablecimiento del edificio a su estado original y la publicación de la sentencia en diferentes medios.
FALLO:
En el procedimiento ordinario mercantil 300/2022 del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Vitoria se dictó sentencia de 20 de junio de 2023, hoy firme, estimando íntegramente la demanda y condenando al Ayuntamiento demandado, entre otras cosas, a publicar el texto completo de la sentencia en diversos medios de comunicación.
El COAVN ha accedido a la publicación del presente en sustitución de la sentencia completa, por lo gravoso que esto último resultaría para el Ayuntamiento de Nanclares de la Oca, así como del texto literal del fallo de la sentencia que dice así:
ESTIMANDO la demanda interpuesta por el COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS VASCO-NAVARRO que actúa a su vez en nombre y representación de D. ROBERTO ERCILLA ABAITUA y los herederos de D. MIGUEL ÁNGEL CAMPO ARMENTA, contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NANCLARES DE LA OCA,
DECLARO que el demandado ha vulnerado el derecho moral de los Srs. Ercilla y Campo a la integridad de su obra, condenándolo a estar y pasar por tal declaración.
CONDENO al demandado a cesar en la vulneración de los derechos de propiedad intelectual de los Srs. Ercilla y Campo y a tal fin restituya a su costa la fachada del Centro Cívico a su estado original, con la consiguiente eliminación del mural.
CONDENO al demandado a publicar a su costa el contenido total de la sentencia en dos diarios de máxima difusión a nivel nacional, dos diarios de máxima difusión en el País Vasco y en dos revistas especializadas en arquitectura de difusión nacional e internacional respectivamente.
Se condena al demandado al pago de las costas del presente procedimiento.
ACCESO AL CONTENIDO TOTAL DE LA SENTENCIA: