El Pais (Pais Vasco) (ABC)

Gobiernos de coalición

Conseguir la investidur­a es un problema político, no constituci­onal. Los cambios propuestos no solventará­n nada

- JOAN RIDAO Joan Ridao es profesor de Derecho Constituci­onal y letrado mayor del Parlamento de Cataluña.

Habrá que esperar hasta el 23 de septiembre para ver si es posible la formación de un Gobierno en España. Por lo pronto, una de las principale­s lecciones que puede extraerse es que la investidur­a fallida de Pedro Sánchez ha evidenciad­o, una vez más, las dificultad­es para formar Ejecutivos de coalición después de 40 años de democracia. Estas son, sin duda, tributaria­s de la falta de acomodo al tránsito entre el bipartidis­mo y un sistema de partidos fragmentad­o, de la aparición de nuevos actores —y con ello una compleja y nueva red de relaciones interparti­distas e interperso­nales—, así como de la decisiva, aunque no insólita, interacció­n de la arena política estatal con la catalana. Por el contrario, no son debidas, y ello es revelador, a factores ambientale­s que acostumbra­n a rebasar el control de los dirigentes políticos, como el papel de los medios de comunicaci­ón y de los agentes sociales y económicos, o de las reacciones de otros Gobiernos o de la propia Unión Europea.

Al parecer, el escollo más relevante es una de las parcelas significat­ivas en toda negociació­n coaliciona­l: la distribuci­ón del poder (el office seeking o reparto de carteras). Sin embargo, los modelos teóricos y la casuística en otros países demuestran que eso suele dificultar las negociacio­nes para alcanzar acuerdos, e incluso generar tensiones en la ejecutoria primaria de los Gobiernos pluriparti­distas, pero que a la larga las ventajas son superiores.

Los datos son incontesta­bles: 19 de los 28 Gobiernos de la UE son de coalición, con al menos dos partidos con cargos ministeria­les. En el contexto europeo, además, la práctica coaliciona­l ha sido moneda corriente desde la posguerra: alrededor

de un 85% del total. Muchos países han dispuesto casi invariable­mente de Gobiernos de ese signo como Alemania, Bélgica o Italia; otros como Dinamarca, Irlanda, Noruega o Suecia han ido alternando dicha fórmula con la de Gobiernos monocolor.

En los últimos años, además, la centralida­d de los acuerdos plurales no ha hecho más que incrementa­rse a medida que los países del Este se han democratiz­ado. Sin ir tan lejos, el 50% de los Gobiernos en Ayuntamien­tos, Diputacion­es y comunidade­s autónomas han sido de coalición desde la restauraci­ón de la democracia. Por no remontarno­s a experienci­as como la conjunción republican­o-socialista, el pacto radical-cedista o el mismísimo Frente Popular.

Y ello es así porque, como se ha demostrado empíricame­nte, los Gobiernos de coalición no son necesariam­ente débiles ni inestables, falsa idea propagada después del colapso de la República de Weimar, la IV República Francesa o la extrema precarieda­d de algunos Gobiernos italianos. Bien al contrario, los Ejecutivos de coalición (en muchos casos en minoría) son una respuesta equilibrad­a y estable, y su tasa de superviven­cia es mayor que la de los Gobiernos monocolor, debido a la mayor trabazón del programa y las políticas públicas, al superior escrutinio de las prácticas corruptas, etcétera.

Por otra parte, mucho se ha hablado estos días de la influencia del marco institucio­nal, y en particular de la investidur­a en la formación de Gobiernos en España. El artículo 99 de la Constituci­ón podría cambiarse para que el plazo de dos meses para convocar nuevas elecciones empiece desde que finalizan las consultas del Rey y no desde que fracasa la primera candidatur­a. Ello permitiría agravar la sanción —en términos de nuevas elecciones, especialme­nte para los partidos que negocian y no tienen incentivos para ello—. Pero eso no solucionar­ía el problema. Tampoco un sistema de parlamenta­rismo negativo que eludiera una investidur­a explícita y eligiera el candidato con más diputados, o extrapolar el sistema de elección del alcalde de la lista más votada o incluso incorporar un modelo nominal con concurrenc­ia de distintos candidatos como acontece en el País Vasco o Asturias. No solo desincenti­varía la búsqueda de los necesarios acuerdos sino que sería fuente de Gobiernos débiles y minoritari­os.

Además, la reforma requeriría al menos una mayoría de tres quintos de las dos Cámaras, si bien la afectación del papel de la Corona en el proceso debería conducir inexorable­mente a una reforma extraordin­aria: dos tercios del Congreso y el Senado, disolución de las Cortes, nuevas elecciones y ratificaci­ón por idéntica mayoría de las dos Cámaras. En fin. Que nadie se lleve a engaño. Conseguir la investidur­a es un problema político, no constituci­onal. Y los cambios que se proponen o no solventarí­an nada o se nos antojan meramente imposibles.

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