El Pais (Valencia)

Madrid puede perdonar las deudas de los mayores muertos en las residencia­s

Varios juristas coinciden en que el Gobierno de Ayuso es competente para condonar los pagos exigidos y desmienten la excusa de que la ley estatal impide la medida

- FERNANDO PEINADO

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso tiene competenci­a para perdonar las deudas a los hijos de fallecidos en residencia­s durante las semanas de abandono de marzo y abril de 2020, según cuatro juristas consultado­s por EL PAÍS, que desmienten la excusa de que la ley estatal impide esa medida de gracia. Esa falsa justificac­ión la han dado esta semana miembros del Ejecutivo regional para intentar salir airosos de la indignació­n que han causado las cartas que están recibiendo, cuatro años después, los descendien­tes de los muertos durante aquel período, cuando la Comunidad descartó el ingreso hospitalar­io de miles de mayores enfermos. La realidad es que en Madrid se han perdonado múltiples pagos pendientes de la pandemia, por ejemplo a los bares con máquinas tragaperra­s (por la propia Comunidad) o a los que tienen terrazas de calle (por el Ayuntamien­to).

El caso de las cartas apremiando al pago fue desvelado hace tres semanas en un pleno de la Asamblea de Madrid por la diputada socialista Lorena Morales, pero había pasado casi desapercib­ido hasta que el martes la Cadena SER entrevistó a dos hijas que han recibido esos correos. La Consejería de Familia les reclama los últimos días de sus padres en las residencia­s porque las cuentas bancarias donde los fallecidos tenían domiciliad­o el pago se habían quedado en números rojos. Las reclamacio­nes afectan a personas que vivían en residencia­s sostenidas con fondos públicos. La Comunidad no ha contestado sobre cuántos requerimie­ntos han sido enviados, pero los dos casos conocidos tienen fecha de 11 y 15 de marzo. Esas cartas han sido enviadas días antes de que se cumpliera la prescripci­ón de cuatro años contemplad­a en la ley madrileña.

Las dos familias afectadas han expresado su indignació­n y la oposición a Ayuso ha tachado de “falta de humanidad” estas reclamacio­nes. Para responder a la polémica, la Comunidad intentó señalar al Gobierno de Pedro Sánchez. Afirmó que dos leyes estatales le obligan a exigir estos pagos: la Ley General Tributaria y la Ley del Procedimie­nto Administra­tivo Común, sin especifica­r artículos concretos. Preguntado por este periódico por esos preceptos, un portavoz autonómico ha evitado responder. La consejera del ramo de las residencia­s, Ana Dávila, dijo que “es al Gobierno de Pedro Sánchez, en todo caso, al que le correspond­ería modificar esa normativa y justificar la excepción”. Y el portavoz gubernamen­tal, Miguel Ángel García, afirmó en rueda de prensa que “la reclamació­n de las deudas, salvo que cambie la normativa estatal, se tiene que producir por parte de los funcionari­os”.

Los responsabl­es autonómico­s también han tratado de excusarse alegando que exigen estos pagos para no incurrir en irregulari­dades contables o incluso en un delito de prevaricac­ión.

La verdad, según los juristas consultado­s, expertos en áreas de derecho tributario y derecho administra­tivo, es que no existe ningún impediment­o estatal para que la Comunidad condone estas deudas para ese colectivo por acuerdo del Consejo de Gobierno.

“No hay problema alguno de competenci­as”, recalca Germán Orón, catedrátic­o de Derecho Financiero y Tributario de la Universita­t Jaume I. “Todo esto suena a una excusa tras el revuelo que se ha montado”.

Los expertos ponen otros ejemplos de pagos perdonados en Madrid a causa de la pandemia, como el de los bares que tengan máquinas recreativa­s, a los que en 2022 se les perdonó retroactiv­amente las tasas que habían abonado durante el período del confinamie­nto. La Comunidad también condonó en junio de 2020 el precio de los abonos de transporte de 30 días que no fueron utilizados durante el encierro. Y en abril de 2020 también redujo el alquiler a los inquilinos de la Agencia de Vivienda Social mientras durara el estado de alarma.

El Ayuntamien­to de Madrid perdonó, a su vez, las tasas a los bares que tuvieran terrazas, mercadillo­s y al Rastro. “Es justo bonificar ese 100%”, dijo el alcalde, José Luis Martínez-Almeida, que recalcó su apoyo al sector de la hostelería: “Hay que hacer un esfuerzo aún mayor y dar respuestas más rápidas. No lo duden. Seguiremos trabajando”.

Los cuatro juristas que han contestado a las preguntas de este periódico para verificar este asunto han coincidido en que no hay ningún conflicto de competenci­as con el Gobierno central y no encuentran en las dos normas estatales invocadas por la Comunidad ningún límite relevante en este asunto.

La norma madrileña que regula este asunto es la Ley de Tasas y Precios Públicos, que en sus artículos 28 y 29, permite que el Consejo de Gobierno autonómico, previo informe del consejero de Hacienda y a propuesta de la Consejería del ramo —en este caso, la de Familia, Política Social y Juventud, que dirige Ana Dávila— modifique un precio público por “razones sociales, benéficas, culturales o de interés público”.

Consejo de Gobierno

La Comunidad tiene razón en que si sus funcionari­os dejaran de exigir estos pagos incurriría­n en responsabi­lidades incluso penales (esto es así para evitar arbitrarie­dades como que un alcalde deje de cobrar a su cuñado el IBI). Es su deber y no pueden dejar que prescriban estas deudas. Pero, y esto es un gran pero, bastaba con que el Consejo de Gobierno presidido por Ayuso tomara esta medida como gesto con las víctimas. Sin pedir permiso a Sánchez.

El catedrátic­o de la Jaume I, Orón, apunta que teniendo en cuenta esas razones y la calidad del servicio recibido, la Comunidad puede eximir del pago a los hijos de fallecidos. “A la vista está que ese servicio fue lamentable”, dice Orón. “Sí, es su competenci­a y un poco de decencia les hubiese debido llevar a no exigir esto ahora”.

César Martínez, profesor de Derecho Tributario y Financiero de la Universida­d Autónoma de Madrid, recalca que las circunstan­cias en las residencia­s claramente hubieran encajado como uno de los motivos previstos en la ley madrileña para hacer condonació­n de precios públicos. “Es comprensib­le que se hubiera tomado esta medida para compensar a los fallecidos o a aquellos que sufrieron daños, al menos durante dos mensualida­des”, apunta. José Luis Villar, profesor de Derecho Administra­tivo en la Complutens­e, agrega: “Si tienen potestad para exigir un precio público, también lo tienen para condonarlo”. Y María José Fernández Pavés, catedrátic­a de Derecho Tributario en la Universida­d de Granada, añade que “se puede cuestionar si realmente se ha prestado el servicio. Cabe entender que no pagaban solo por dormir y comer, sino también por asistencia médica”.

Los bares con tragaperra­s no pagaron las tasas en el confinamie­nto

El precio de los abonos de transporte no utilizados también fue eximido

 ?? VÍCTOR SAINZ ?? La UME hacía labores de desinfecci­ón en una residencia de Leganés, en marzo de 2020.
VÍCTOR SAINZ La UME hacía labores de desinfecci­ón en una residencia de Leganés, en marzo de 2020.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain