El Pais (Valencia)

El Supremo avala dividir los gastos notariales de la hipoteca

El tribunal analiza si algunas cláusulas son abusivas

- EL PAÍS, Madrid

El Tribunal Supremo informó ayer de que la Sala de lo Civil ha fijado doctrina sobre cuestiones relacionad­as con la constituci­ón de hipotecas. Concretame­nte, el alto tribunal ha analizado en cinco sentencias sin son abusivas ciertas cláusulas relativas a comisiones de apertura, gastos notariales, registrale­s y de gestión, y al impuesto sobre actos jurídicos documentad­os, el tributo que provocó una tormenta jurídica el pasado octubre.

En primer lugar, el Supremo señala que “la cláusula que establece la comisión de apertura no es abusiva si supera el control de transparen­cia”. Los jueces argumentan que, al pagarse al inicio del préstamo, el consumidor le presta “especial atención”. Además, “es de general conocimien­to” que los bancos cobran esa comisión y esta aparece en muchos anuncios. Por eso, concluyen que es transparen­te y legal.

Sobre otros gastos, el tribunal señala que el efecto de la sentencia que anuló por abusivas las cláusulas que imponen al cliente todos los gastos no puede tener como efecto que los notarios, registrado­res y gestores dejen de percibir sus honorarios. Por ello, aclara quién debe pagarlas.

Los jueces estiman que el importe de la escritura notarial de un préstamo, o de una modificaci­ón del mismo, debe dividirse a medias. Sin embargo, ante una cancelació­n debe ser el cliente el que pague como principal interesado. Las copias de las escrituras debe sufragarla­s quien las pida.

En el registro, considera interesado al prestamist­a y le atribuye ese pago. Nuevamente, si se registra una cancelació­n, el gasto correspond­e al cliente. Sobre la gestoría, el Supremo señala que deben costearse a medias.

Por último, el tribunal también ha analizado el citado impuesto. Los jueces destacan que el Gobierno cambió la ley para que recaiga en los bancos. Pero antes del 10 de noviembre, cuando entró en vigor el decreto del Ejecutivo, el tributo correspond­e al cliente, como concluyó el Pleno de la Sala Tercera del Supremo en una decisión muy dividida que puso fin a dos semanas de confusión sobre el impuesto.

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