Llarena compara la actuación de los separatistas con el golpe del 23-F Los 25 procesados por el Tribunal Supremo
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena procesó ayer por rebelión —uno de los delitos más graves del Código Penal— a los líderes políticos y sociales del proceso independentista catalán. El magistrado considera que en el intento de secesión se dieron elementos de violencia y lo comparó, de forma implícita pero inequívoca, con el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981. Llarena entiende que el desafío solo está “puntualmente larvado” y podría repetirse.
El juez Llarena prácticamente ha concluido la investigación sobre el proceso que culminó el 27 de octubre con la declaración de independencia de Cataluña y la intervención estatal de la autonomía a través del artículo 155 de la Constitución. Ayer entregó a las partes el auto de procesamiento, una resolución en la que se imputan formalmente delitos de rebelión a 13 líderes del procés, y delitos de malversación y desobediencia a algunos de estos y a otros 12 integrantes de la cúpula soberanista.
Cinco de ellos —los exconsejeros autonómicos Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Dolors Bassa y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell— fueron enviados ayer a prisión. En la cárcel hay otros cuatro investigados —el exvicepresidente Oriol Junqueras, el exconsejero de Interior Joaquim Forn y los líderes de las entidades soberanistas ANC y Òmnium Jordi Sànchez y Jordi Cuixart—. Siete procesados permanecen fugados de la justicia, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont. Ayer se sumó a la nómina de los huidos Marta Rovira, secretaria general de ERC y exdiputada.
El magistrado sitúa el inicio del procés en diciembre de 2012, cuando Artur Mas firmó con Oriol Junqueras el Pacto para la Transición Nacional, que permitió a aquel ser elegido presidente de la Generalitat. Fruto de este acuerdo se elaboró el Libro Blanco de la Transición Nacional, un informe presentado en septiembre de 2014, que contenía los pasos para la creación de la hipotética república catalana. Este documento le ha servido al magistrado como “Piedra de Rosetta” para interpretar los sucesos que desembocaron en el referéndum ilegal de autodeterminación del 1 de octubre y la declaración de independencia.
Este libro blanco sustituye al documento Enfocats —intervenido en septiembre al ex número dos de Junqueras, Josep Maria Jové, en su despacho de la Consejería de Economía— como canon para analizar las responsabilidades de los imputados. Para Llarena, la credibilidad del Enfocats todavía está pendiente de análisis, y apenas si lo cita tres veces en pies de página a lo largo de las 70 páginas de su resolución.
El magistrado explica que la rebelión se produce con el mero
alzamiento, sin que sea necesario que este alcance sus objetivos, y considera que la violencia que exige el tipo penal se dio en la jornada del 20 de septiembre, cuando una “masa de fuerza” de 60.000 personas, congregadas por los líderes de ANC y Ómnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, destrozaron coches de la Guardia Civil y lanzaron objetos contra la comisión judicial que llevaba a cabo la Operación Anubis contra los preparativos de la consulta, ordenada por el juez de Barcelona Juan Antonio Ramírez Sunyer.
En ese acto, en el que la letrada del juzgado tuvo que salir de la Consejería de Economía por la azotea, se produjo “una real restricción de la capacidad de actuación” del Estado “como consecuencia del uso de la fuerza”, señala el magistrado del Supremo. Esta actuación la compara expresamente Llarena con “un supuesto de toma de rehenes mediante disparos al aire”, en una referencia apenas velada al golpe de Estado del 23 de febrero de 1981.
“Fanatismo violento”
Según el magistrado, los cabecillas del procés siguieron adelante con el referéndum ilegal y su plan de ruptura a sabiendas de que el “fanatismo violento de muchos de sus seguidores había de desatarse”, en especial tras los altercados del 20 de septiembre. Con ello se cumple, entiende el magistrado, el requisito de violencia que el Código Penal aplica al delito de rebelión, que se castiga en los casos más graves con penas de 30 años de prisión.
“Este proceso (...) integra una gravedad y persistencia inusitada y sin parangón en ninguna democracia de nuestro entorno”, señala Llarena. El juez destaca el hecho de que el plan secesionista se desarrolló “aprovechando las facultades políticas y de gobierno que la propia Constitución otorga [a la Generalitat] para la garantía de los derechos de todos los ciudadanos”.
Los encausados, encabezados por Puigdemont, supuestamente buscaban que “el Estado de derecho se rindiera a la determinación violenta de una parte de la población que amenazaba con expandirse”. La aplicación del delito de rebelión es “plenamente exigible”, según Llarena, FUGADOS EN LA CÁRCEL JxCat Delitos
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