El Periódico Aragón

El crimen de Falconetti queda definitiva­mente impune

El Supremo rechaza el recurso contra la absolución del único enjuiciado por el caso La Guardia Civil le arrestó por una huella, pero el jurado decidió exonerarle

- L. M. G. lmgabas@aragon.elperiodic­o.com ZARAGOZA

Faltaban apenas dos meses para que el asesinato y decapitaci­ón de Eduardo Montori, alias Falconetti, ocurrido en1996, prescribie­ra cuando la Guardia Civil detuvo a Pablo Miguel Canales Lahoz. Lo hizo a partir de una huella dactilar en el escenario del crimen. Una prueba que fue clara para los investigad­ores y para la Fiscalía, que llegó a pedir 20 años de cárcel, pero que no fue suficiente ni para el jurado, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) y tampoco desde ayer para el Tribunal Supremo. Los magistra- dos de este Alto Tribunal desestimó el recurso de casación interpuest­o contra la absolución de este hombre.

Los miembros del jurado que juzgó al acusado entendiero­n que no existían pruebas suficiente­s de que fuera el autor del crimen a pesar de la huella ensangrent­ada hallada en la pared. Tampoco se valoraron los testimonio­s de los testigos que informaron de que el acusado solía alardear en el pueblo de que era el autor del crimen, de que tenía un cuchillo y de que llegó a amenazar a una policía local mientras estaba detenido diciéndole que «le iba a cortar la cabeza como a Falconetti».

El veredicto del jurado, dictado en mayo del 2017, fue confirmado en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón seis meses después al entender que no se podía modificar el relato de hechos probados establecid­o. El Supremo vuelve a confirmar estos argumentos en su sentencia y señala que la aprobación como hecho probado de que no se había acreditado durante el juicio que el acusado fuera el autor del asesinato no es susceptibl­e de un nuevo debate procesal. «Desde esa declaració­n no existe otra alternativ­a que la de absolver al acusado, al no haber sido desvirtuad­a la presunción de inocencia, extremo que la sentencia impugnada motiva extensamen­te», señalan los magistrado­s del Supremo. Afirman también que el veredicto admite que el acusado, defendido por el abogado Javier Elía, estuvo en el lugar de los hechos, aunque su presencia, advierten, «no prueba su participac­ión en los mismos».

 ??  ?? Pablo Miguel Canales Lahoz.
Pablo Miguel Canales Lahoz.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain