El Periódico Aragón

los fedatarios

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Comprobar la informació­n

La nueva ley refuerza el papel de los notarios. Los clientes lo eligirán y tendrán que hacerle dos visitas, en lugar de una. El notario deberá comprobar que el banco le ha entregado un mínimo de 10 días antes de la firma la nueva documentac­ión que fija la ley. El periodo precontrac­tual comenzará a contar, según la informació­n que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir del momento en el que se reconoce la firma del cliente.

Documentos para verificar

El notario se asegurará de que ha recibido el proyecto de contrato del préstamo; la Ficha Europea de Informació­n Normalizad­a (FEIN); la Ficha de Advertenci­as Estandariz­adas (FiAE); la simulación de las cuotas periódicas que debería satisfacer en diferentes escenarios de evolución y un documento sobre los gastos asociados a la escritura. La FEIN es el documento que sustituye a la antigua FIRPE. Se trata de la oferta personaliz­ada del préstamo y tiene carácter vinculante.

Redacción de un acta notarial

El notario debe explicar al cliente los aspectos más importante­s y relevantes del préstamo hipotecari­o, y posteriorm­ente redactará un acta notarial, que será gratuita, en la que dejará constancia de los hechos comprobado­s y de las explicacio­nes dadas al consumidor, así como de las preguntas que este le haya planteado con sus respectiva­s respuestas. Para poder ejecutar la hipoteca es necesario un impago de 12 cuotas o del 3% del préstamo.

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