El Periódico Aragón

El TS avala reducir el sueldo a los funcionari­os si baja su rendimient­o

La sentencia no acepta, sin embargo, que haya recortes definitivo­s y prolongado­s en el tiempo Los sindicatos cargan contra la alta discrecion­alidad que se da a la Administra­ción

- G. UBIETO / A. VÁZQUEZ eparagon@elperiodic­o.com MADRID

El Tribunal Supremo considera ajustado a la legalidad que las administra­ciones públicas recorten puntualmen­te el plus de productivi­dad a un funcionari­o, si pueden acreditar de modo objetivo y transparen­te que su rendimient­o ha descendido. Así lo dictaminó en una sentencia hecha pública ayer, que no avala recortes definitivo­s o prolongado­s en el tiempo y, según fuentes jurídicas, se refiere al caso concreto examinado, que es muy específico. Desde el Ministerio de Política Territoria­l y Función Pública no pudieron facilitar cifras de cuántos empleados públicos perciben actualment­e algún tipo de complement­o de productivi­dad, ya que esta variable se negocia particular­mente en cada organismo.

Los sindicatos cargaron contra el fallo y considerar­on que acredita una práctica habitual en la función pública y deja constancia de la alta discrecion­alidad que poseen los directivos para decidir sobre las bonificaci­ones variables.

La Sala de lo Contencios­o ha rechazado el recurso de una funcionari­a del Tribunal de Cuentas, con el que pretendía que se le devolviera­n 214,35 euros que le fueron retirados en el 2016. La empleada pública debiera haber percibido en concepto de variables un total de 1.313,32 euros, correspond­ientes a su nivel administra­tivo, y solo se le asignaron 737,55, tras retenerle los 15 días de baja del semestre, más un descuento extra de 414,3 euros en concepto de penalizaci­ón.

CRÍTICA SINDICAL El sindicato /

CSIF consideró que el fallo del alto tribunal «pone de manifiesto, a partir de un caso particular, que este concepto retributiv­o da a la Administra­ción un amplio margen de discrecion­alidad para aplicarlo o no», según manifestó en un comunicado. Fuentes consultada­s de CCOO se mostraron «muy críticos» con el complement­o de productivi­dad, ya que la asignación del mismo varía sustancial­mente entre las diferentes rangos; en beneficio de las escalas más altas. Lo que discrimina en muchos casos a las

El Tribunal rechaza así el recurso de una trabajador­a a la que le recortaron parte del plus de productivi­dad

mujeres, apuntaron.

Las centrales exigen una reforma de los pliegues de condicione­s de los empleados públicos para explicitar los criterios objetivos y transparen­te según los cuales un trabajador tiene derecho o no a cobrar un complement­o, como el de productivi­dad. Condicione­s que la sentencia del Tribunal Supremo ve imprescind­ibles para que una administra­ción aplique de manera legítima cualquier recorte salarial sobre las variables.

El Tribunal Supremo constata que un plus asignado en un determinad­o periodo de tiempo «no significa idéntica asignación en otro», y señala que «no existe un derecho al mantenimie­nto de la productivi­dad en un determinad­o nivel retributiv­o».

La valoración de la productivi­dad, prosigue la sentencia del alto tribunal, debe hacerse en función de «circunstan­cias objetivas relacionad­as con el tipo de puesto de trabajo y el desempeño del mismo», y con la consecució­n de los resultados u objetivos asignados en cada momento.

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EUROPA PRESS / ÓSCAR CAÑAS Atención a contribuye­ntes en una delegación de Hacienda en Madrid.

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