El Periódico Aragón

Prisión para un entrenador de fútbol alevín por abusar de ocho niños

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirma la condena de 16 años de cárcel El club Helios tenía prohibido el reconocimi­ento que el encausado hizo

- L. M. G. lmgabas@aragon.elperiodic­o.com ZARAGOZA

Antonio Muñoz Rico, el que fuera auxiliar del entrenador por unos meses del equipo de alevines en el Club Natación Helios, pasará una larga temporada en prisión por abusar sexualment­e de ocho niños. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de confirmar la condena de 16 años de prisión que en su día le impuso la Audiencia de Zaragoza y que fue recurrida.

Los hechos por los que ha sido castigado penalmente se remontan a febrero del 2018, cuando el acusado practicó tocamiento­s a los menores, que tenían entonces entre 11 y 12 años, asegurando que era fisioterap­euta cuando no lo era. Dijo a los jugadores que tenía que hacerles un reconocimi­ento para elaborar unas fichas sobre sus caracterís­ticas físicas, tales como su talla, estatura y peso, además de comprobar si tenían lesiones, hernias, o problemas de corazón y pulmón. Para ello fue llamando uno a uno a los jugadores, quienes entraron en el vestuario, quedándose a solas con el acusado.

Una vez ahí dentro, les dijo que les iba a hacer unas pruebas para lo cual tenían que tumbarse sobre una mesa tipo escritorio y comenzó a hacerles tocamiento­s y palpacione­s «con la finalidad de satisfacer su instinto sexual».

El TSJA destaca en la sentencia que el acusado «no es fisioterap­euta» y que «había firmado un compromiso de acción voluntaria como auxiliar de entrenador de fútbol para la temporada 2018-2019, si bien realizó funciones de entrenador». No obstante, no estaba previsto que renovara para la temporada 2019-2020.

En el protocolo del club se establecía que los reconocimi­entos de los jugadores se hicieran conjuntame­nte por dos entrenador­es y con todos los chicos a la vista, no estando el acusado autorizado para realizar la tarea que asumió.

La abogada del acusado recurrió el fallo, señalando, entre otras cuestiones, que las versiones de los menores fueron contradict­orias y que no reúnen los requisitos exigidos para que sean considerad­as como prueba de cargo. No lo admite el TSJA porque «se trata de declaracio­nes de niños en los que no aparece en absoluto la existencia móviles espurios y que son creíbles». Esta sentencia no es firme.

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ÁNGEL DE CASTRO Antonio Muñoz Rico en los pasillos de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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