La Justicia tiene pendientes 5.792 pleitos contra la banca en Aragón
La carga de trabajo de los juzgados especializados lleva tres trimestres a la baja Los casos pueden repuntar a raíz de las sentencias del IRPH y las tarjetas ‘revolving’
Los juzgados aragoneses tienen pendientes de resolver 5.792 demandas contra los bancos por condiciones abusivas derivadas de contratos, como las llamadas cláusulas suelo, según los datos al cierre del tercer trimestre del 2019 del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Desde que a mediados del 2017 se decidió unificar en determinados órganos judiciales la respuesta a estas demandas, se han presentado en la comunidad un total de 12.181, de las que se han resuelto el 59,4% (7.245). Más del 90% de las sentencias dictadas fueron a favor del cliente.
A escala nacional, el número de asuntos pendientes de resolución en los juzgados de cláusulas abusivas al finalizar el tercer trimestre del año era de 253.364, lo que supone una reducción del 0,73% respecto a los asuntos que quedaban por resolver el pasado 31 de junio. Es en el segundo trimestre, desde la puesta en marcha de estos órganos especializados, que el número de asuntos pendientes en España experimenta un descenso y también que la tasa de resolución –que indica el número de los ya resueltos en relación con los ingresados– se (TJUE) sobre el IRPH, que abre la puerta a que los jueces españoles anulen este índice hipotecario si se demuestra que no se comercializó de forma transparente. También podría haber una oleada de demandas por la resolución del Tribunal Supremo que declara nulo por «usurario» un tipo de interés del 27% de un crédito ligado a una tarjeta revolving.
En el caso del IRPH, el camino para resarcir a los afectados no está expedito de obstáculos ya que la sentencia europea es ambivalente. «Es una de cal y otra de arena», explica Alberto Sanjuan, socio de Corp Abogados y Economistas en Zaragoza. «En un 50% da la razón al cliente y en otro 50% al banco. Habrá que ver caso por caso», apunta. A su juicio, el fallo aporta «herramientas» para declarar este índice como abusivo pero a la vez «da pie» a mantener el criterio marcado por el Supremo, que lo considera válido y transparente. «No va a haber recorrido judicial favorable para los clientes, salvo que el Supremo cambie de opinión», afirma. Considera clave conocer la información precontractual y aconseja que «no tiene sentido iniciar acciones judiciales» hasta que la justicia española no aclare cómo encaja del fallo europeo.
Nacho de Diego, de Lean Abogados, también considera que la sensación con la resolución de TJUE es «agridulce». «Desde el punto de vista de los bancos es más dulce que agria porque esperaban un batacazo, mientas que los clientes confiaban en que fuera más contundente», señala. No obstante, considera que se «abre una puerta que estaba cerrada». Por ello, recomienda a los afectados antes de lanzarse a la vía judicial recopilar y solicitar al banco todos los documentos en torno a la hipoteca. Esa información es «determinante» para saber si se cumplieron los criterios de transparencia y claridad. Lo que parece más improbable es que sean los propios bancos quienes lleguen a un acuerdo para compensar al consumidor.
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