Una sentencia del Supremo dificulta el control de Cabify
▶ No tienen que hacer públicos sus servicios
La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado, tras admitir un recurso de Uber, el artículo 2 del Real Decreto que obliga a los conductores de VTC a dar cuenta ante la Administración de los viajes realizados. Así, empresas como Cabify, que ya opera en Zaragoza, no tendrán que registrar sus servicios en la web del Ministerio de Transportes, dificultando el control de sus viajes. La sentencia llega después de que la Audiencia Nacional, el pasado mes de febrero, tomara la decisión contraria. Tras el recurso de Uber, el Supremo les ha dado finalmente la razón.
La DGA y la Policía Local de Zaragoza tenían previsto utilizar este registro para verificar que Cabify cumple con el decreto autonómico y, en concreto, con el tiempo de espera obligatorio de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio. Las empresas de VTC hasta ahora, y desde la aprobación de la normativa, tenían que dejar constancia del lugar, la fecha y la hora en la que se iniciaba un servicio, y el lugar, fecha y hora de finalización, así como la matrícula del coche y el número del DNI del arrendador y del arrendatario del servicio.
Ahora, para el Tribunal Supremo, esta exigencia «crea una obligación de comunicación de datos personales de los usuarios que carece de justificación en relación con la finalidad perseguida». «Dicha información –prosigue– resulta irrelevante para controlar los desplazamientos del vehículo, creándose, sin embargo, una base de datos a nivel nacional que permite establecer patrones de conducta en relación con la movilidad y la utilización del servicio de personas físicas perfectamente identificadas, lo cual […] tiene una clara incidencia en la esfera de derechos protegidos por la normativa de protección de datos».
Esta obligación, por otra parte, no ha sido respetada por Cabify en la capital aragonesa ya que hasta el día de ayer solo habían registrado un viaje de los 1.500 que la empresa dice haber hecho en su primera semana de actividad.
Ahora serán las instituciones aragonesas las que tendrán que ingeniárselas para controlar su actividad. Fuentes del Gobierno de Zaragoza aseguran a que los controles a los coches de Cabify se van a seguir llevando a cabo aunque no haya registro, ya que existen otras formas de inspeccionar la actividad. Desde el pasado octubre, aseguran, los agentes cuentan con la información necesaria para saber qué y cómo tienen que actuar. «Es el Gobierno de España el que ha legislado mal así que les toca a ellos arreglarlo. La sentencia no dice que no tenga que existir registro, sino que el problema es el registro actual tal y como está planteado», matizaron. En la Dirección General de Transportes del Gobierno de Aragón considera que el fallo «perjudica los intereses y acuerdos de consenso adoptados» en Aragón tanto con el sector del taxi como con las VTC tradicionales. Por ahora, explicó que se seguirá «con el plan previsto de inspección porque, añadió, la precontratación del servicio con 15 minutos de antelación es una
La DGA seguirá con el «plan previsto» que ha diseñado para inspeccionar que cumple la norma
medida muy útil para frenar la competencia desleal con el sector del taxi». «No estamos de acuerdo con el fallo porque entendemos que el registro es una herramienta útil en la que se almacenan datos que las empresas tienen de todas maneras y que nos servirían para garantizar una defensa más justa del mercado del transporte de viajeros en igualdad de condiciones», apuntó.
Desde la Asociación Provincial de Auto-Taxi de Zaragoza, su presidente, Mariano Morón, lamentó el sentido de la sentencia aunque admitió que «era de esperar». Según Morón, «hay otros muchos aspectos que se pueden tener en cuenta para vigilar que Cabify cumple con la norma».
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