El Periódico Aragón

El Poder Judicial mantiene la suspensión de actuacione­s no esenciales

- EUROPA PRESS MADRIID

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado mantener la validez y eficacia de los acuerdos y las medidas adoptadas por este órgano en relación con la pandemia de coronaviru­s durante la segunda prórroga del estado de alarma autorizada por el Congreso de los Diputados.

La decisión se adoptó una vez que el Boletín Oficial del Estado publicó ayer la resolución del 9 de abril del 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicació­n del acuerdo alcanzado en el Congreso. Entre los acuerdos cuya validez y eficacia se mantiene figura el aprobado en la reunión extraordin­aria mantenida por la Comisión Permanente el pasado 14 de marzo por el que se dispuso la suspensión de todas las actuacione­s judiciales programada­s y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.

El acuerdo supone hacer oídos sordos a las peticiones realizadas por distintos colectivos de ámbito judicial como la Abogacía, cuyo Consejo General (CGAE), que reúne a todos los colegios de aboga

El acuerdo hace oídos sordos a las peticiones de distintos colectivos de ámbito judicial

dos de España, propuso la pasada semana la reactivaci­ón gradual de todos los juzgados a puerta cerrada a partir del próximo día 13. La Abogacía española quiere que los juzgados vuelvan a funcionar, de forma limitada y sin que haya acceso de público ni profesiona­les, a la vuelta de la Semana Santa, es decir, que sigan sacando papel pendiente mediante el teletrabaj­o. En ninguno de los casos se propone la celebració­n ni de vistas ni de señalamien­tos, tal y como sucede en la actualidad para reducir la movilidad a lo mínimo indispensa­ble.

Sin embargo, los servicios esenciales seguirán siendo por el momento los aprobados por el Consejo General del Poder Judicial de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las precisione­s realizadas desde entonces. Priman las órdenes de protección a menores y por violencia de género, matrimonio­s in artículo mortis, licencias de enterramie­nto, internamie­ntos urgentes y guardia de detenidos, así como «cualquier trámite judicial que, de no practicars­e, pudiera causar un perjuicio irreparabl­e».

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