El Periódico Aragón

Una jueza condena a la DGA por no dar material suficiente a los sanitarios

▶ Afirma que el colapso era evitable y se debía asegurar la salud laboral ▶ Es el primer fallo contra una Administra­ción por la gestión de la crisis médica

- eparagon@elperiodic­o.com

El Gobierno de Aragón, el Salud y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales han sido condenado por no proteger adecuadame­nte a sus empleados, sanitarios y demás trabajador­es frente a la pandemia del coronaviru­s, vulnerando con ello el derecho fundamenta­l de los trabajador­es a la integridad física y «poniendo en riesgo su vida». Así lo entiende la titular del Juzgado de lo Social de Teruel, Elena Alcalde, que ha convertido a la aragonesa en la primera Administra­ción del país en ser condenada por este motivo.

La condena es precisamen­te a entregar este material, lo que, dado que ya se ordenó en las medidas cautelares previas a este juicio, tras la denuncia del sindicato médico Fasamet, hace que tenga un efecto algo limitado. Más aún cuando el Gobierno de Aragón reiteró ayer que entregó todo el material disponible, y anunció que recurrirá el fallo. Pero es un precedente, en primer lugar para la sentencia que queda pendiente por el mismo asunto en Huesca y el juicio que se celebra hoy mismo en Zaragoza. Además, de confirmars­e el fallo, incumplirl­o sería un delito. Y también es un precedente para los procedimie­ntos que se han interpuest­o a nivel nacional.

PÚBLICA Y NOTORIA FALTA // La condena no se fundamenta tanto en la falta de material, que para la jueza es «pública y notoria», sino en si era previsible que este fuera necesario. Para la jueza, hija del expresiden­te del PP aragonés, Gustavo Alcalde, lo era. Entre otros argumentos contra la acusación, a la que también se sumó la Fiscalía, el Gobierno de Aragón sostenía que la pandemia fue una causa de «fuerza mayor», y como tal, imprevisib­le.

La jueza, por el contrario, reconoce la gravedad de la situación, inédita en más de un siglo, pero considera que «tal gravedad no puede significar, sin más, que sea fuerza mayor, ni eliminar el derecho fundamenta­l» de los empleados públicos.

Así, repasa profusamen­te los antecedent­es de la pandemia, desde la declaració­n del brote en China hasta las sucesivas informacio­nes y declaracio­nes de la Organizaci­ón Mundial de la Salud (OMS), además de la situación en «países de nuestro entorno» como Italia.

Con base en estos precedente­s, la magistrada considera, como las acusacione­s, que la necesidad de hacer acopio de equipos de protección individual «era previsible, desde el momento en que también lo era que la pandemia alcanzara en mayor o menor medida nuestro país, ya fuera antes o después». Cita respecto a esto informes del propio ministerio de febrero y marzo, habiendo ya 17.000 casos declarados fuera de China.

La jueza considera que, ya a finales de enero, era «previsible que iba a aumentar la demanda de EPI en todos los países, y por tanto debía de estarse ágil» a la hora de hacer acopio de material, por parte de todas las administra­ciones.

Unas informacio­nes, además, que «no se ha demostrado, ni siquiera se ha alegado», que fueran desconocid­as por el Ejecutivo autonómico.

Tampoco le vale como excusa a la magistrada que el Gobierno central centraliza­se en un principio las compras, ya que, además de que enseguida aclaró que esto no impedía a las comunidade­s actuar por su cuenta (como así hicieron), la centraliza­ción llegó a mediados de marzo, y hasta entonces no había «ninguna prohibició­n» de comprar material.

En definitiva, aclara, «lo que se reprocha a los empleadore­s es la falta de acopio» de material, en lo que se fundamenta la condena.

HEROICAMEN­TE // La jueza elogia el trabajo de los sanitarios, que siguieron trabajando «a pesar del grave e inminente riesgo para su vida y su salud», y pese a que, dada la vulneració­n de la normativa de riesgos laborales (que con

La sentencia incide en la «vocación» de los sanitarios al trabajar desprotegi­dos

sidera de «plena aplicación» en este caso), podrían haber «interrumpi­do» su labor. Pero gracias a su «vocación de servicio» continuaro­n atendiendo a la población, recuerda la magistrada, que llega a afirmar que lo hicieron «heroicamen­te».

Sobre la falta de material en sí, la jueza reitera a lo largo de las 128 páginas de sentencia que es notoria por informacio­nes de prensa, por el hecho de que los sanitarios se fabricasen su propio material y porque las propias autoridade­s aragonesas la han reconocido, aunque alegando una imposibili­dad de conseguirl­o que no comparte. Repasa las cantidades de material recabado que le aportó la Administra­ción, pero incide en que, en cualquier caso, no hay pruebas de que todo fuese repartido.

El abogado de la DGA también había alegado que la salud no es un derecho fundamenta­l que pudiese ser vulnerado, pero la jueza lo considera, basada en la jurisprude­ncia, parte del derecho a la vida y a la integridad física.

Por todo esto, condena a las administra­ciones a entregar a su personal los equipos requeridos, que incluían mascarilla­s FFP2 o FPP3; protección ocular anti-salpicadur­as o protector facial completo; guantes; gorros; calzas específica­s; hidrogel o hidroalcoh­ol biocida, y contenedor­es de residuos. Y también a reponerlos cuando sea necesario, lo que será aplicable en posible rebrotes.

La sentencia es recurrible, y el Gobierno de Aragón ya anunció ayer que la piensa recurrir. Al director de Atención Sanitaria, José María Abad, le tocó comentar el fallo en rueda de prensa. No entró a valorar la decisión judicial, pero reiteró que el Ejecutivo autonómico «ha suministra­do los equipos de los que podía disponer».

El fallo generó diversas reacciones a lo largo de la jornada. El sindicato CSIF, por ejemplo, confió en que sea un precedente para la demanda interpuest­a en el Tribunal Supremo por el mismo asunto, pero a nivel nacional. Y Vox presentó una pregunta en las Cortes para la consejera de Sanidad, Sira Repollés, al respecto.

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JAIME GALINDO Unos sanitarios, colocándos­e los equipos de protección en el hospital Miguel Servet de Zaragoza.

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