Las mascarillas seguirán siendo obligatorias tras el estado de alarma
El Gobierno elabora el borrador del decreto que establece las normas a partir del 21 de junio Plantea una modificación para que Sanidad pueda coordinar a las autonomías en caso de emergencia
El Gobierno establecerá el uso obligatorio de mascarillas más allá de la finalización de la declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus, que concluirá el próximo día 21 de junio, según establece el borrador del decreto para la nueva normalidad que el Ejecutivo de Pedro Sánchez tiene previsto aprobar en el Consejo de Ministros del próximo martes, día 9.
El texto, que está siendo consensuado con los gobiernos autonómicos, recoge la competencia exclusiva de las comunidades para «la adopción, supresión, modulación y ejecución» de medidas correspondientes a la fase 3 salvo para las «vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada» para cada una de ellas. Además, los ejecutivos territoriales decidirán si se da por superada esta última etapa «con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos».
El texto establece / el uso obligatorio de mascarillas con carácter general para mayores de seis años en espacios cerrados de uso público cuando no se pueda garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad, así como en medios de transporte «aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor». En el caso de buques y embarcaciones, aclara, no será necesario «cuando se encuentren dentro de su camarote». También prevé sanciones para quienes incumplan. Saltarse la obligación de uso de mascarillas se considerará una infracción leve que podrá sancionarse con una multa de hasta 100 euros.
En cuanto al transporte público de viajeros ferroviario y por carretera, recoge la obligatoriedad de ajustar los niveles de oferta de plazas para evitar aglomeraciones. Los comercios, hospitales y centros docentes también deberán velar para que no sucedan.
En el borrador se establece además la obligatoriedad de realizar pruebas PCR «u otra técnica de diagnóstico molecular» a todo caso sospechoso y de facilitar e informar a Sanidad de los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica, también los laboratorios públicos y privados. Igualmente, se deberá colaborar con las administraciones para el rastreo de casos.
También obliga ae las comunidades a contar con planes de contingencia en caso de emergencia. «Se debe disponer, o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días las camas necesarias para responder a incrementos rápidos de casos en base a las necesidades observadas durante la fase epidémica de la enfermedad», indica.
En los centros de trabajo, la dirección de la empresa deberá adoptar medidas de limpieza y desinfección, poner a disposición de los trabajadores material higiénico para las manos y adaptar los puestos, la organización de los turnos y las condiciones para garantizar la distancia de seguridad. Si no es posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
El decreto también modifica la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud para habilitar a Sanidad a adoptar las medidas necesarias para coordinar actuaciones en materia de salud pública sin necesidad de contar con el acuerdo previo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en casos de urgente necesidad.
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El texto, del que está prevista su aprobación el martes, obliga a las comunidades a tener planes de contingencia