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Los populares se aferran a que no delinquieron porque fueron solo responsables a título lucrativo
La estrategia del PP y Rajoy ante la sentencia del Supremo, que ratifica que dirigentes del partido y Francisco Correa «parasitaron» las instituciones para adjudicar la obra pública a quien les pagara comisiones, ha sido quedarse con lo que les interesa. Ambos se remiten a un párrafo: «No puede afirmarse la autoría del PP como autor de delitos de corrupción y prevaricación irregular, cuando esta posibilidad de que fuera destinatario de sobornos no fue objeto de acusación y haber sido traído al proceso como partícipe a título lucrativo». Añade que «para esa condena no es necesaria ni una gota de culpabilidad. Ni conocimiento. Si a alguien le ingresan en su cuenta corriente, aun sin saberlo, una cantidad que proviene de un ilícito penal, ha de devolverlo».
Pero, el siguiente párrafo dice que aunque «no ha sido enjuiciado por responsabilidad penal en este proceso, en modo alguno resulta reprochable que, para configurar el contexto en que los hechos enjuiciados suceden, se mencione el resultado de los diferentes medios de prueba practicados relacionados con el PP, cuando es el nexo común que sirve de amalgama» de los delitos probados. Eso incluye las afirmaciones que la
Audiencia Nacional hizo sobre que el partido se había financiado «al menos durante 18 años» mediante una caja b, cuyo registro llevaba Luis Bárcenas.
Las sentencias declaran que «entre el Grupo Correa y el PP se tejió, pues, una estructura de colaboración estable», por la que prestó continuos servicios al partido, así como «un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública a través de su estrecha relación con militantes». ¿Por qué al PP no se le juzga por esos delitos? Porque la responsabilidad penal de personas jurídicas se introdujo en el Código Penal en el 2010 y la Gürtel llegó hasta el 2005. los que afirma haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad.
Testigos confirman el uso de personal y fondos públicos para mantener el Pazo de Meirás. En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Concello de Sada, el de La Coruña y la Diputación Provincial defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constan seis familiares de Franco y una sociedad limitada.
Los herederos del dictador –como informó La Opinión de A Coruña– presentaron ante la Audiencia Provincial un recurso contra la sentencia del juzgado de La Coruña que declaró nula la compra del pazo de Meirás por parte del militar golpista en 1941 y que condenó a sus herederos a devolver al Estado este inmueble, mantenido con fondos públicos toda la dictadura, sin derecho a indemnización.
En 140 páginas, el despacho de abogados de Luis Utrera Molina carga con dureza contra la resolución de la jueza Marta Canales, que tacha de «notoriamente parcial, sesgada y tendenciosa».