Absolución para Trapero y la cúpula de los Mossos del 1-O
La Audiencia Nacional exculpa a los acusados de sedición y desobediencia La sentencia cuenta con el voto contrario de uno de los tres magistrados
La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió al mayor de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero de los delitos de sedición y desobediencia de los que le acusaba la fiscalía en relación con la actuación de los agentes a su cargo durante el otoño del 2017. En especial, el 20 de septiembre de ese año, cuando se produjeron los registros de la operación Anubis y, en concreto, el efectuado en la Consejería de Economía, así como durante el referéndum celebrado el 1-O.
El tribunal, formado por la presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, y por Francisco Vieira y Ramón Sáez Valcárcel, ponente de la resolución, notificará hoy a las 9.30 horas su sentencia a los procuradores de todas las partes personadas.
Como era previsible, dado que Espejel y Sáez Valcárcel se sitúan cada uno de ellos en las antípodas ideológicas del otro, contará con un voto particular, que en esta ocasión suscribirá la presidenta del tribunal, partidaria de la condena por sedición.
Será mucho más extenso que la propia resolución redactada según la convicción alcanzada durante el juicio por la mayoría conformada por sus compañeros de tribunal, que desoyen al fiscal y absuelven a Trapero, al exdirector general de los Mossos Pere Soler, al exsecretario de la Consejería de Interior César Puig y a la intendente Teresa Laplana, al entender que no había pruebas suficientes para condenarles, informaron fuentes jurídicas a este diario.
El teniente fiscal de la Audiencia Nacional había dejado un amplio margen de maniobra al tribunal, ya que no solo rebajó el delito de rebelión a sedición, como marcaba la sentencia del Tribunal Supremo para los líderes del 1-O, sino que también incluyó, como pena alternativa, la condena por desobediencia.
Eso significaba que la petición del ministerio público pasaba de 11 años de cárcel por rebelión a 10 por sedición en grado de dirigentes para Trapero, Puig y Soler, pero también, por si el tribunal no entendía que se hubiera cometido un delito tan grave, planteaba una condena de solo multa e inhabilitación por ((
La petición fiscal oscilaba