Los afectados por los ertes podrán pagar el IRPF en seis plazos
La Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis veces el pago de la liquidación del IRPF a aquellos contribuyentes que estuvieron dentro de un expediente temporal de regulación de empleo (erte) durante el pasado año 2020 y cuya declaración salga positiva.
Fuentes de Hacienda confirmaron que se aprobará «en breve» una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a erte, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación correspondiente sin intereses.
Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos ocasiones (el 60% al presentar la autoliquidación y el 40% restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para este tipo de supuesto. Al tiempo, la Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por un erte que hayan recibido cobros indebidos
La campaña de la renta arranca el próximo miércoles 7 de abril
del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su página web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un erte ante la campaña de la renta 2020, que arranca el 7 de abril. En concreto, la Agencia señala que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el SEPE) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían.
En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior al debido, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia a la hora de elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución de estas cantidades.