La mascarilla en la playa, solo para pasear
Sanidad flexibiliza la polémica norma sobre el uso del tapabocas Páginas 2 a 6
Sanidad decidió ayer flexibilizar la normativa, a través de un anexo sobre los criterios de aplicación, que obligaba a usar mascarilla en las playas y otros espacios abiertos después de que varios gobiernos autonómicos rechazaran imponerla cuando se disfruta del aire libre y se mantiene la distancia de seguridad. La ministra de Sanidad, Carolina Darias, presentó en el Consejo Interterritorial celebrado ayer por la noche unos criterios «homogéneos y contextualizados» para aplicar una ley que emana del real decreto de nueva normalidad aprobado en junio del 2020 en la fase de desescalada.
La idea es que a partir de ahora para bañarse en el mar, en un lago o en una piscina, hacer deporte o cuando se tome el sol en la playa sin moverse de la toalla y respetando una distancia de 1,5 metros, no será necesario llevar la mascarilla. En cambio, sí será obligatoria para dar paseos por la playa o cuando no se pueda mantener esa distancia de seguridad con otros ciudadanos.
En concreto, lo que presentó la ministra en la reunión con los consejeros territoriales es acordar la regulación del artículo 6.2 de la ley del 29 de marzo de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria del covid-19 que indica que no se exigirá la mascarilla cuando sea incompatible con la naturaleza de las actividades. Sanidad equiparará el ejercicio del deporte individual con otras actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, al aire libre y de forma individual.
Esto incluye el baño, así como la práctica del deporte en el medio acuático, tanto natural como artificial. También los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el agua. En el caso de las playas, se podrá evitar la mascarilla solo mientras se esté en un punto a distancia de 1,5 metros de otras personas no convivientes. En piscinas, solo entre intervalos de actividad.