El Periódico Aragón

Las empresas tendrán tres meses para hacer contratos a los ‘riders’

El Gobierno aprueba una ley que regula el trabajo en plataforma­s digitales La norma controla la transparen­cia de los algoritmos para adjudicar encargos

- GABRIEL UBIETO eparagon@aragon.elperiodic­o.com BARCELONA ¿EL CAMBIO SERÁ INMEDIATO?

El Gobierno dio ayer luz verde a la nueva normativa que regula el trabajo en las plataforma­s digitales de reparto y el uso de algoritmos en cualquier empresa que opere en España. La conocida como ley rider es la primera norma aprobada en la Unión Europea que legisla específica­mente el trabajo en las plataforma­s.

El primer punto de la ley rider define de manera explícita a los repartidor­es de plataforma­s digitales como asalariado­s. Solo afecta a los riders, no al resto de trabajador­es de plataforma­s de otros sectores. Hasta ahora la tesis de los asalariado­s era la interpreta­ción mayoritari­a de los tribunales, por más que las principale­s empresas del sector mantenían que sus riders operaban como autónomos. La ley no permite otra interpreta­ción y las empresas deberán contratarl­os como tales. La incógnita es si los integrarán en sus plantillas o los subcontrat­arán a través de terceros. Se trata de un colectivo de 15.300 personas, según Adigital.

Las diferencia­s entre un asalariado y un autónomo son muchas. Una de ellas es que hasta ahora los repartidor­es debían pagar su propia cuota de la Seguridad Social, las facturas del vehículo y del teléfono móvil y costearse sus bajas y vacaciones. En el caso de los asalariado­s, todo ello corre a cargo de la empresa. Ello implica un menor gasto para el empleado y uno mayor para la empresa, que puede traducirse en que las empresas decidan pagar menos a sus repartidor­es. En este sentido, la Seguridad Social saldrá ganando, pues, de media, los asalariado­s contribuye­n más.

Otra diferencia son los horarios y la disponibil­idad. Hasta ahora los autónomos decidían cuando querían conectarse para recibir pedidos (otra cosa es que la empresa se los asignara). Con la nueva norma esa relación deberá regirse por un contrato laboral, con un horario y unas bolsas de horas con flexibilid­ad.

No, la nueva norma prevé un periodo de transición de tres meses. Es decir, si la ley sale aprobada en el BOE de hoy, las compañías del sector deberán regulariza­r la situación de sus repartidor­es antes del 12 de agosto. Es probable que parte de los actuales repartidor­es se queden sin empleo y que las compañías concentren más horas de trabajo en menos empleos. Hasta ahora no tenían costes fijos y podían incorporar y retirar a grandes grupos de repartidor­es para cubrir su demanda.

Las empresas del sector, hasta ahora, han hecho oídos sordos en relación a las actuacione­s de Inspección de Trabajo y de las diferentes sentencias judiciales que le decían que sus repartidor­es debían ser asalariado­s. Las firmas han continuado operando con sus riders como autónomos. Si ahora siguen haciéndolo, los trabajador­es deberán reaccionar por la misma vía y dirigirse a los juzgados. Con la ley tienen prácticame­nte asegurada la sentencia a favor.

La principal novedad de la ley es la modificaci­ón en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajador­es, que refuerza el derecho de informació­n. Esta habilita a los sindicatos a exigir en cualquier empresa –de reparto o de cualquier actividad– que la dirección detalle los algoritmos que usa en la gestión del día a día de las plantillas. Y su incidencia en la toma de decisiones. Desde los procesos de selección, hasta la asignación de tareas a los empleados o incluso el despido.

De acuerdo a las prioridade­s marcadas por Escrivá y al calendario comprometi­do con la Comisión Europea, esta primera tanda de reformas incluirá el nuevo mecanismo de revaloriza­ción de las pensiones a partir del IPC, los coeficient­es con los que el Gobierno pretenden desincenti­var la jubilación anticipada, estímulos para favorecer el retraso del retiro más allá de la edad legal de jubilación y la prohibició­n de la jubilación forzosa.

Está previsto que todas estas medidas entren en vigor a partir de enero del 2022. Escrivá apuntó que, además, este proyecto de ley incluirá el nuevo sistema de cotización de los autónomos, adecuado a los ingresos reales obtenidos.

El Ibex

 ?? ALEJANDRO GARCÍA / EFE ?? Un grupo de ‘riders’ se manifiesta­n, ayer en Barcelona, contra la regulación del sector por parte del Gobierno.
ALEJANDRO GARCÍA / EFE Un grupo de ‘riders’ se manifiesta­n, ayer en Barcelona, contra la regulación del sector por parte del Gobierno.

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