SEIS DETENIDOS, UNO EN TARAZONA, POR TRÁFICO DE DROGAS
Zaragoza La Unidad Orgánica de la Guardia Civil de Navarra detuvo ayer a un grupo asentado en la Ribera navarra por un presunto delito de tráfico de drogas. Uno de ellos estaba en Tarazona, el resto en varias localidades navarras. Los agentes se incautaron de 32 kilos de ‘speed’, tres de marihuana, 52.000 euros en efectivo, un dron de gran tamaño y dos vehículos para transportar la droga.
PREGUNTA:
En julio de 2020 vendí mi vivienda habitual y me acogí a la exención por reinversión en el plazo de dos años. En 2021 compré una nueva vivienda habitual pero han pasado dos años y no he amortizado lo que obtuve por la venta. ¿Afectará a mi declaración?
Hola, Julio. La Administración Tributaria siempre ha establecido que para conside2022 rar reinvertido el importe de la venta de la vivienda habitual, a efectos de aplicar la exención por reinversión, era necesario destinar el dinero al pago de la nueva vivienda (en el momento de la compra o amortizando, en su caso, el préstamo obtenido para la compra de la segunda) en el plazo de dos años. En caso de incumplimiento, el contribuyente debe presentar una declaración complementaria del año de la venta (en su caso 2020) con inclusión de los intereses de demora.
No obstante, el Tribunal Supremo en dos sentencias de 2020 y fija como criterio que se debe considerar que la cantidad reinvertida no es únicamente la desembolsada en el plazo de dos años, también lo son las cantidades del préstamo amortizadas con posterioridad. En nuestra opinión, para considerar reinvertido el importe de la venta de la vivienda habitual, es suficiente comprar una nueva vivienda, siempre en el plazo de dos años, por importe igual o superior al obtenido en la venta (si se compra por importe inferior se puede aplicar la exención parcial), con independencia de los pagos realizados. En tu caso concreto, creemos que has cumplido y no tienes nada que regularizar.