Keita no quebrantó una cautelar para asesinar a su excuñado
Consideran que no se saltó el alejamiento que le separaba de su exmujer
El Juzgado de lo Penal número 8 de Zaragoza ha absuelto a Bobo Keita (Gambia, 1980) de quebrantar la orden de alejamiento que le separaba de su expareja, Aminata, el mismo día –23 de junio de 2021– en el que asesinó al hermano de esta última en el zaragozano barrio de Delicias. Keita se dirigió hasta el domicilio ubicado en el número 29 de la calle Don Pedro de Luna para coser a puñaladas a Alie, aunque no ha quedado acreditado que Aminata se encontrara en el interior del domicilio en el momento en el que perpetró el asesinato.
Así se desprende del fallo emitido recientemente por la titular del juzgado a tenor de las declaraciones de la expareja de Keita y de un amigo del finado que le esperaba a las puertas del edificio el día del crimen. «Lo relatado tanto por ella como por el testigo confirman que, efectivamente, (Aminata) no se enda contraba allí. Tampoco consta prueba alguna de que el acusado, recién llegado a Zaragoza, conociera que ese era el domicilio de su expareja, pese a que sí conocía que allí vivía el hermano de esta», recoge la sentencia, que da por válidos los argumentos esgrimidos por la defensa a cargo de Soraya Laborda.
Inicialmente, tanto el ministerio fiscal como la acusación particular solicitaban una condena de un año de cárcel y contra el fallo todavía cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. La causa la ha dirigido
el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Zaragoza.
En diciembre del año pasado, un jurado popular declaró culpable a Keita de asesinar a su excuñado y, semanas después, la magistra
presidenta del tribunal del jurado, María Soledad Alejandre, firmó una condena de casi 24 años de cárcel por un delito de asesinato (23 años) y otro de falsedad documental (diez meses).