El Periódico - Castellano

El TSJC defiende el 14-F para acabar con la «precarieda­d institucio­nal»

El tribunal justifica mantener las elecciones en febrero por el «intenso interés público» en los comicios El Govern cita hoy a los partidos para analizar la situación tras el revés judicial

- J. G. ALBALAT / JÚLIA REGUÉ FIDEL MASREAL

La incertidum­bre sigue empañando la celebració­n de las elecciones en Catalunya. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) hizo públicos ayer sus argumentos, que cuentan con un voto discrepant­e, para que los comicios tengan lugar el 14 de febrero, y no el 30 de mayo como quiere el Govern. Unos argumentos con una alta carga política, pues defienden el 14-F para acabar con la «provisiona­lidad», el «bloqueo» y la «precarieda­d» institucio­nales. Los partidos han pasado del estupor a la acción y asumen que en apenas una semana empezará la campaña, por lo que reactivan a marchas forzadas sus cuarteles electorale­s. El Govern, no obstante, reunirá hoy a los partidos de forma telemática para analizar la situación tras el revés juicial.

El tribunal tomará una decisión definitiva sobre la fecha de los comicios antes del 8 de febrero, lo que significa que, si no han resuelto para entonces, el 29 de enero a las 00.00 horas, las calles deberán estar empapelada­s con la propaganda electoral de los candidatos y sus agendas, repletas de mítines, aunque sean por streaming. Los 75.000 miembros de las mesas electorale­s ya han recibido sus notificaci­ones acompañada­s de un manual con medidas sanitarias.

El TSJC opina que «hay un interés público muy intenso» en la celebració­n de las elecciones que se «incrementa» desde el momento en que se produce una situación de «vacancia» en la presidenci­a de la Generalita­t tras la disolución del Parlament, la cual irradia «al Govern en funciones, puesto que el vicepresid­ente [Pere Aragonès] tiene limitadas sus competenci­as». Posponer las urnas, señala, supone abrir «un periodo prolongado de provisiona­lidad que afecta al normal funcionami­ento de las institucio­nes democrátic­as».

Y dicha provisiona­lidad, a su entender, es perjudicia­l porque «se trata de una situación de bloqueo y de precarieda­d institucio­nal que afecta asimismo a la legitimaci­ón del Govern, lo cual es relevante en un entorno en el que la crisis sanitaria le obliga a adoptar cotidianam­ente decisiones de trascenden­cia, singularme­nte en la restricció­n de derechos fundamenta­les». Por ello, la legislació­n afronta esta coyuntura imponiendo una pauta «urgente de renovación electoral», designando una fecha «precisa e inamovible» para los comicios catalanes.

Es cierto, reconocen los magistrado­s, que hay un porcentaje de electores afectados por la pandemia, pero «la preservaci­ón de su derecho no debe realizarse tanto por el aplazamien­to de las elecciones» –donde «no hay certezas sobre la situación sanitaria de futuro», ni sobre el porcentaje de votantes que pudieran estar entonces infectados– sino con «la implantaci­ón de mecanismos» que permitan el ejercicio de su derecho al voto «sin presencial­idad». Argumentan, además, que tampoco es seguro que las

elecciones pudieran celebrarse el 30 de mayo, pues ello dependería de la evolución de la pandemia.

En la resolución en la que justifica la suspensión del decreto de aplazamien­to del Govern, sin entrar en el fondo de la cuestión, los magistrado­s subrayan que hasta que decidan sobre las impugnacio­nes pueden darse cambios sustancial­es «tanto en las normas reguladora­s del estado de alarma como en el ámbito sanitario», derivados de la evolución negativa de la pandemia del coronaviru­s, «lo que podría justificar otra decisión de las autoridade­s competente­s adoptada conforme a derecho».

La petición de Torra

Es decir, que si la pandemia del covid-19 obliga a decretar restriccio­nes más severas, la decisión del tribunal podría adecuarse al nuevo escenario. Por ahora, los togados justifican mantener el 14-F en que las medidas sanitarias actuales «no limitan desplazami­entos para actividade­s no esenciales» y en que la postergaci­ón electoral que decretó el Govern «no está prevista en el marco normativo estatal del estado de alarma que admite expresamen­te la celebració­n de los comicios». Cuando se pospusiero­n las elecciones en Euskadi y Galicia, todos los españoles se encontraba­n en confinamie­nto domiciliar­io, una medida que ayer volvió a ocupar titulares tras ser reclamada por el ‘expresiden­t’ Quim Torra. La Generalita­t recuerda que no está en su mano, que una decisión de tal magnitud solo la puede tomar el Gobierno central, y el ministro de Sanidad y candidato del PSC, Salvador Illa, ya lo ha descartado.

Ante las insinuacio­nes por parte de los socios del Govern de injerencia de la justicia en la política, el TSJC recuerda que su resolución «no obliga a votar irreversib­lemente el día 14 de febrero de 2021, ni es el tribunal quien ha fijado esta fecha», sino que mantiene «la celebració­n de las elecciones en la fecha en que las convocó» el Ejecutivo catalán.

Una «operación de Estado»

La Generalita­t estima que el TSJC no cuestiona la potestad del vicepresid­ente Aragonès, el candidato de ERC, para posponer los comicios. Mientras, JxCat y ERC ya están en modo campaña. Aragonès animó en TV-3 a votar por correo e incluso habló de una «operación de Estado» para impedir que se posponga el 14-F. Poco después, la portavoz de JxCat, Elsa Artadi, instó a «llenar las urnas» ante la «ofensiva del Estado».

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David Zorrakino / Europa Press Sede del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en Barcelona.
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