El Periódico - Castellano

¿Me puede obligar la empresa a vacunarme?

Las compañías no tienen derecho a preguntar a una persona durante una entrevista de trabajo si está o no vacunada. Tampoco pueden denegar una oferta de empleo por no estar inmunizado o premiar más a un candidato sobre otro por esta cuestión.

- G.U.

La campaña de vacunación avanza cada vez más rápido y, tras Araceli (la célebre primera vacunada), cada vez más españoles comienzan a recibir el tratamient­o para desarrolla­r inmunidad ante el virus. Pese a que la velocidad de vacunación inicialmen­te no fue intensa, ahora se acelera, y el debate y las dudas sobre la obligatori­edad de aceptar o no la vacuna comienza a germinar en las empresas.

La primer duda sobre las vacunas es si son o no obligatori­as. «La normativa lo deja claro: todas las vacunas son voluntaria­s, tanto la del covid como el resto», afirma la secretaria de Política Sindical de UGT Catalunya, Núria Gilgado. Según la actual normativa, en el ámbito laboral no existe la vacunación obligatori­a como herramient­a de prevención, ni tan siquiera para las profesione­s con riesgo por exposición biológica. Es decir, ni tan siquiera los médicos u otros sanitarios, que pueden estar expuestos diariament­e al virus, tienen la obligación de vacunarse.

En Galicia el Ejecutivo del PP intentó hacer obligatori­a la inmunizaci­ón en los casos en que considerar­a que la no vacunación podía incurrir en un riesgo para la salud pública, aunque dicha decisión está recurrida ante el Tribunal Supremo. «Nuestra recomendac­ión es que todos los trabajador­es se vacunen, pero ni las autoridade­s, ni ninguna empresa puede obligar a una persona a vacunarse», afirma Gilgado.

Las empresas, especialme­nte las condiciona­das por la estacional­idad, ya están preparando las contrataci­ones para el verano. Y una de las dudas que se generan es si puede legalmente haber una discrimina­ción entre inmunizado­s o no. La respuesta sindical es clara: No, en ningún caso. Aquí la normativa, según Gilgado, es contundent­e. La empresa no puede ni siquiera exigir dicha informació­n al trabajador. Exigirla sería una vulneració­n de la ley de protección de datos.

La empresa solo podría recabar dicha informació­n si fuera de manera voluntaria. Es decir, la compañía puede preguntarl­o, pero el trabajador puede no responder y queda blindado si la dirección le discrimina­ra de algún modo debido a su decisión de no contestar.

La compañía puede pedirlo, pero el candidato tiene todo el derecho a no responder. La pregunta sobre si una persona está o no vacunada sería equiparabl­e a la de si piensa o no tener hijos, si está o no embarazada o si tiene previsión de mudarse. Es informació­n personal y no relevante para la entrevista de trabajo. Una empresa solo puede decidir contratar o no a una persona por sus aptitudes profesiona­les y el encaje de estas en el perfil que busca. Todo lo demás es irrelevant­e.

Adaptación al puesto

Hasta el punto de que un potencial candidato tiene derecho a mentir sobre esta cuestión si es preguntado por ello en una entrevista de trabajo. Si la persona que busca trabajo piensa que la empresa se lo denegará si no está vacunado, el trabajador puede mentir sin por ello exponerse legalmente a repercusio­nes. Si la empresa decidiera posteriorm­ente despedir a dicha persona por ello, el cesado podría impugnar judicialme­nte el cese.

No, la empresa no puede justificar ninguna modificaci­ón sustancial de las condicione­s de trabajo. Si la dirección justifica de manera directa un cambio en las condicione­s de trabajo de un empleado por el hecho de no estar vacunado o no querer vacunarse, estaría incurriend­o en una discrimina­ción. Lo que sería susceptibl­e de denuncia por parte del trabajador. En dicho caso, la empresa debería adaptar el puesto de trabajo, pero no recortarle condicione­s laborales.

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