La justicia de la UE aborda ya si Puigdemont tiene inmunidad
El ‘expresident’ alega que las euroórdenes del Supremo podrían haberse evitado si la Eurocámara le hubiera defendido
El Parlamento Europeo y la Abogacía del Estado, en representación de España, coincidieron ayer en reclamar al Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) que rechace el recurso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra la carta que en diciembre de 2019 el entonces presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, ya fallecido, envió a la diputada Diana Riba y a otros 37 diputados que reclamaban que se concediera amparo al político catalán frente a las euroórdenes cursadas en su contra por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena.
El representante de la Cámara fue tajante: no se puede impugnar una carta que solo indicaba que la petición de amparo solo la podía hacer el afectado y no era ninguno de los que el 10 de octubre de 2019, cuatro días antes de que se volvieran a reactivar las euroórdenes en su contra por sedición, tras conocerse la sentencia del ‘procés’, firmaban la que formulaba la petición. En vez de acudir al TGUE (primera instancia del Tribunal de Justicia de la Uniónm, TJUE), se podía haber solicitado una aclaración, señaló el letrado Görlitz.
En defensa de su demanda, el abogado del ‘expresident’, Gonzalo Boye, alegó que la reclamación española contra su cliente no está aún en la fase de juicio oral, lo que hacía obligatorio cursar un suplicatorio para poder cursar una euroorden en su contra. Añadió que las alegaciones del Reino de España no coinciden con las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo y el Constitucional español, porque estas «dicen lo que dicen y no lo que pretende» la Abogacía del Estado.
La representante de España,
Andrea Gavela, lo negó de forma contundente y aseguró que los autos y sentencias aportados son accesibles en la página web del Poder Judicial español, pero anonimizados por protección de datos, lo que impide su tergiversación. Añadió que ninguna Cámara puede pedir a un tribunal que paralice una investigación, por la separación de poderes, y que el suplicatorio no es necesario una vez dictado el procesamiento, según la legislación española, que lo prevé para iniciarlo, no cuando está concluido.
En el ‘procés’ ocurrió antes de la adquisición de la condición de europarlamentarios de los huidos, «lo que lo hace innecesario» para cursar una euroorden, agregó en respuesta al punto en el que más chocó con Boye, que sostiene que eso solo ocurre cuando ya se ha abierto juicio oral.
La Abogacía del Estado argumenta que Llarena sí podía reclamarle para juzgarlo en España
El tribunal duda
Pese a que la vista de ayer se creía superada por la que se celebrará hoy, que abordará la inmunidad propiamente dicha, la presidenta de la Sala Sexta, Anna Marcoulli, quiso aclarar las dudas que le habían surgido al oír las alegaciones de las partes. Y el turno de preguntas de los magistrados superó en duración a los informes de las partes.
La presidenta centró primero sus preguntas en el Parlamento Europeo. Se interesó en la inmunidad de los parlamentarios y, en concreto, de los diputados y senadores españoles. A continuación le llegó el turno a Boye, que defendió su recurso explicando que la carta tuvo efectos jurídicos, porque si Sassoli la hubiera tramitado y enviado a la comisión jurídica, Llarena no habría podido cursar las euroórdenes.
Según Boye, Sassoli tenía la obligación de comunicarla y no de rechazarla. La presidenta del tribunal le preguntó si creía que de haberse tramitado se habría paralizado el procedimiento que se seguía en España contra los que huyeron cuando fueron citados por los tribunales. El abogado sostuvo que, de haberlo hecho, no se habría detenido a Puigdemont en Cerdeña.
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