Ya son 40 las reducciones en casos de violencia sexual
El Supremo avala a la mayoría de audiencias provinciales, pero avisa de que la aplicación de la norma se hará «caso por caso».
Penal introducidas por de Igualdad, por lo que quizá no sea el caso tipo que sirva para arrojar luz sobre este asunto El alto tribunal tiene más asuntos sobre la mesa que le permitirán pronunciarse en breve sobre la reforma, aunque siempre lo hará bajo el prisma de cada caso particular, insisten las mismas fuentes.
En relación con el Arandina, la Audiencia Provincial de Burgos condenó inicialmente a los tres exjugadores a penas muy altas a petición de las acusaciones particular y popular, de 38 años de cárcel para cada uno, y posteriormente el TSJ las rebajó para dos de ellos notablemente, hasta los 4 y los 3 años de prisión, absolviendo al tercero de ellos. En su recurso ante el Supremo, la fiscal Paloma Abad mantuvo la petición de condena de 10 años de cárcel que recogió en su primer escrito, al estimar improcedente la aplicación por el TSJ la atenuante analógica de la cercanía de edad y la proximidad en el grado de desarrollo o madurez con la víctima.
Tras la entrada en vigor de la ley impulsada por el ministerio de Irene Montero, la representante del Ministerio Público presentó un segundo escrito en el que añadía que aunque ahora la horquilla de las penas se ha rebajado para la calificación penal que corresponde a estos hechos concretos, la petición de cárcel para los dos jugadores condenados se encuentra dentro de las previsiones de la ley de Garantía Sexual y, por lo tanto, es aplicable. Recogía así el criterio señalado en el decreto del fiscal general del Estado, Álvaro García, que incide en la posibilidad de evitar rebajas en aplicación del denominado derecho transitorio.
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Con la rebaja aplicada este martes por el Tribunal Supremo en el caso Arandina –que impone 9 años de prisión a los dos exfutbolistas condenados por la agresión sexual a una menor en vez de los 10 que hubieran correspondido sin la ley «sólo sí es sí»son ya 40 los procedimientos por violencia sexual en los que se han aplicado beneficios a los condenados tras la entrada en vigor de la norma el pasado 7 de octubre.
Según una revisión de todos los asuntos realizada por Europa Press, por el momento se han realizado 36 revisiones a la baja y se han dictado 4 sentencias en aplicación de la reforma Penal operada por la ley de garantía integral de la libertad sexual. Además, 10 personas han sido excarceladas.
En el caso de la Arandina, el alto tribunal empieza arrojar luz al incidir en que las modificaciones que introduce la nueva ley en la horquilla de penas para este tipo de delitos contra la libertad sexual. Afirma en este sentido que «podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, y no de forma global, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales».
Las últimas rebajas que han trascendido han sido dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y por la Audiencia Provincial de Cantabria. En el caso gallego, los jueces han rebajado de 8 a 6 años la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una menor de edad a la que había conocido a través de Instagram.
Dos más en Galicia
Este caso se suma a otros dos que se dieron a conocer la semana pasada en Galicia. Una de la Audiencia de Ourense, donde han revisado una condena impuesta a un hombre por un intento de agresión sexual con acceso carnal y han rebajado la pena de 3 años y 6 meses de prisión a 2 años y 6 meses y han acordado su puesta en libertad. Y otra del TSJ de Galicia, donde han rebajado en dos años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó en Cambre a una mujer a la que conoció por la red social Tinder. En el caso cántabro, se ha dado a conocer este lunes que se han rebajado en 7 años las penas de prisión impuestas en 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander. Así, han pasado de una condena de 18 años de prisión a 11 años, la mayor rebaja hasta el momento. Estos dos casos se suman a un tercero del que ya había informado la Audiencia de Cantabria, en el que se rebajó de 5 a 2 años de prisión la pena a un hombre que agredió sexualmente a una mujer. Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, por el momento se contabilizan 20 en Madrid, tres en Cantabria, tres en Galicia, dos en Baleares, dos en Castilla y León, uno en Andalucía, uno en Asturias, uno en Castilla-La Mancha, uno en Murcia y uno en Canarias. 10 de estos 35 casos han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, uno de Galicia, y uno de Cantabria. Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforman explican que el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas, que en la Audiencia Provincial de León se han aplicado en dos y que en la Audiencia Provincial de Barcelona ha aplicado en uno.
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El alto tribunal muestra unanimidad respecto al asunto principal de la ley