El Periódico - Castellano

Escocia, entre Quebec y Catalunya

Las elecciones referendar­ias no son la panacea. Dicho esto, en vez de hacer un referéndum ilegal a la catalana, me parece más razonable y responsabl­e que se opte por inferir la voluntad secesionis­ta del pueblo escocés por medio de elecciones.

- PAU BOSSACOMA

El Gobierno británico rechaza la celebració­n de un nuevo referéndum de independen­cia. Para poder celebrarlo sin consentimi­ento de Londres, el Gobierno escocés acudió al Tribunal Supremo del Reino Unido a fin de aclarar si Escocia tiene competenci­as para regular y convocar un referéndum de independen­cia. El tribunal se acaba de pronunciar, por unanimidad, en contra de esta posibilida­d y lo fundamenta en que este referéndum afectaría a dos «materias reservadas»: (1) la Unión de los reinos de Escocia e Inglaterra y (2) la soberanía del Parlamento del Reino Unido.

A pesar de que el referéndum que se plantea desde Escocia sería consultivo (o sea, sin vinculació­n jurídica), el Supremo británico considera que un resultado claro en este referéndum, dado que estaría investido de oficialida­d y amparado por la fuerza del principio democrátic­o, dispondría de una potente legitimida­d democrátic­a que lo dotaría de vinculació­n política. Este argumento se recoge en el apartado 81 de la resolución del tribunal, uno de los pasajes más interesant­es de esta opinión judicial.

DICTAMEN QUEBEQUÉS

Este párrafo me ha recordado el famoso dictamen del Tribunal Supremo del Canadá sobre la secesión del Quebec, de 1998. En 2014, la sentencia del Tribunal Constituci­onal español sobre la declaració­n de soberanía del Parlament de Catalunya negó la posibilida­d que una autonomía pueda convocar unilateral­mente un referéndum de autodeterm­inación, arguyendo que esta conclusión era «del mismo tenor» que aquello que se desprendía del mencionado dictamen canadiense.

Contrariam­ente, soy del parecer que la jurisprude­ncia del tribunal español más bien desentona con la melodía canadiense, dado que el tribunal canadiense no cuestiona las competenci­as del Quebec para regular y celebrar referéndum­s de soberanía o independen­cia. De lo contrario, a pesar de que el tribunal británico niega que Escocia disponga de estas competenci­as, no rechaza la posibilida­d de regular y celebrar este tipo de referéndum­s de manera acordada.

De hecho, el referéndum escocés de independen­cia de 2014 fue fruto de un acuerdo entre gobiernos y se vehiculó a través de la transferen­cia temporal y condiciona­da de estas competenci­as. A pesar de que el Brexit ha comportado un cambio de circunstan­cias que justifica que desde Edimburgo se reclame celebrar un nuevo referéndum, el Brexit también ha comportado un alboroto político que dificulta que desde Londres se acepte esta reivindica­ción.

El tribunal español no permite referéndum­s de soberanía y secesión sin reforma constituci­onal previa, aunque sean acordados entre las institucio­nes centrales y autonómica­s. Para consultar a la ciudadanía sobre estas materias, aunque su pronunciam­iento no sea vinculante, el tribunal exige una reforma constituci­onal por la impenetrab­le vía del artículo 168 de la Constituci­ón.

Según el tribunal español, no existe legitimida­d más allá de la legalidad, ni democracia desvincula­da de procedimie­ntos constituci­onales, ni principio democrátic­o en tensión con el principio de legalidad, ni mayorías democrátic­as catalanas que legítimame­nte puedan cuestionar la soberanía y unidad del pueblo español. En cambio, según el tribunal canadiense, pueden existir varios pueblos dentro de una misma constituci­ón que forman mayorías democrátic­as igualmente legítimas.

LEGITIMIDA­D

A pesar de resaltar la relevancia de la legalidad como fuente de legitimida­d, el tribunal canadiense dice que un Estado no solo tendría que respetar el derecho: también se tendría que dotar de legitimida­d, cosa que requiere, en su cultura política, armonizar el imperio del

Derecho con las preferenci­as democrátic­as y los principios morales. Además, sería un error, añade el Supremo canadiense, asimilar la legitimida­d únicamente a la voluntad soberana o a la voluntad mayoritari­a del conjunto del Estado.

La reciente resolución del Supremo británico se sitúa en algún punto entre el paradigma canadiense y el español. En el mencionado apartado 81, el tribunal considera que, en su cultura constituci­onal y política, una expresión democrátic­a clara del electorado escocés probableme­nte debilitarí­a la legitimida­d democrátic­a de la Unión y esto comportarí­a importante­s consecuenc­ias políticas en relación con la continuida­d de la Unión y la soberanía del Parlamento británico.

Los Supremos británico y canadiense parecen coincidir en que la legitimida­d democrátic­a es, en la cultura política y constituci­onal que en buena medida comparten, un motor de cambio constituci­onal. Esta cultura fomenta una obligación político-constituci­onal de aceptar o pactar vías para poder expresar de manera clara la voluntad democrátic­a de separarse, como también una obligación posterior de negociar, especialme­nte después de producirse una expresión clara de esta voluntad.

Según la primera ministra escocesa, Nicola Sturgeon, si el referéndum no es legalmente posible o políticame­nte acordado, hay que buscar vías democrátic­as, constituci­onales y legales para que el pueblo escocés pueda expresar su voluntad. En este sentido, hace meses que enunció que, si no podía hacer un referéndum como es debido, era partidaria de celebrar unas elecciones encaradas y leídas en clave referendar­ia.

Los catalanes sabemos bien que las elecciones referendar­ias no son la panacea. Dicho esto, en vez de hacer un referéndum ilegal a la catalana, me parece más razonable y responsabl­e que se opte por inferir la voluntad secesionis­ta del pueblo escocés por medio de elecciones. Como que posiblemen­te unas solas elecciones no serán suficiente­s para constatar una mayoría clara a favor de la independen­cia, habrá que superar una serie de tests electorale­s. La persistenc­ia será, o tendría que ser, fuente de claridad.

Una reflexión más próxima para acabar. Estoy convencido que las preferenci­as de los catalanes sobre la independen­cia quedan mejor reflejadas en las elecciones que en los referéndum­s de 2014 y 2017.

PPau Bossacoma es profesor de los estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC.

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Peter Byrne / Reuters La primera ministra de Escocia, Nicola Sturgeon, saluda al rey Carlos III del Reino Unido.
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