El Periódico - Castellano

El problema de la ocupación

La usurpación de viviendas desprotege a las familias afectadas

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«Catalunya ha tenido en 2023 más ocupacione­s de viviendas que la suma de Andalucía, Comunitat Valenciana y la Comunidad de Madrid». En enero, este mismo diario se hacía eco de esta inquietant­e afirmación, que nos aboca a reclamar urgentemen­te una regulación para paliar este fenómeno. Cuando se produce un clamor social para regular una situación anómala, lo que espera la ciudadanía de los poderes públicos es que tomen medidas para erradicarl­a.

Eso fue lo que sucedió en 2008, con la intención de proteger de los morosos profesiona­les a las familias que dependían de un alquiler. La entonces ministra de Vivienda, Carme

Chacón, fomentó la creación de diez juzgados de primera instancia y propuso modificar la ley de Enjuiciami­ento Civil. Ello desembocó en la ley 19/2009, de medidas de fomento y agilizació­n procesal del alquiler, llamada injustamen­te «ley del desahucio exprés». Nada tiene que ver con la situación actual. Son realidades distintas; sin embargo, el bien jurídico protegido es el mismo: el derecho constituci­onal a la propiedad, comprendid­o en el artículo 33 de nuestra Carta Magna y en el artículo 17 de la Carta Europea de Derechos Fundamenta­les de la UE.

Atendiendo a la función social que define nuestra profesión, desde el Col·legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB) hemos presentado una nueva propuesta legislativ­a sobre ocupación delincuenc­ial. Ya en 2017, y a solicitud del Departamen­t de Governació de la Generalita­t de Catalunya, la abogacía de Barcelona trabajó intensamen­te en la propuesta legislativ­a que culminó en la ley 5/2018, de modificaci­ón de la ley de Enjuiciami­ento Civil, en relación con la ocupación ilegal de viviendas. Desgraciad­amente, esa importante reforma no ha servido para acabar con la ocupación ilegal. Por el contrario, se ha consolidad­o como una flagrante anomalía social que urge de soluciones efectivas para tranquilid­ad de la ciudadanía.

Es indudable que cualquier propuesta legal pasa por poner especial énfasis en la protección de las personas vulnerable­s y en situación de exclusión social. Así lo prevé acertadame­nte la ley 12/2023 por el derecho a la vivienda y, como no puede ser de otra forma, también la legislació­n catalana. El énfasis está centrado en la función social de la propiedad y la protección de las familias desfavorec­idas.

Más allá, cuando una familia ve usurpada una vivienda de su propiedad por las ocupacione­s delincuenc­iales, entonces se convierte en una familia desprotegi­da que requiere protección legal para salvaguard­ar su legítimo derecho a la propiedad. La vivienda que tanto esfuerzo le ha costado conseguir y que, en el mejor de los casos, tardará meses, incluso años, en recuperar su posesión.

La reforma que proponemos no persigue incrementa­r las penas de cárcel ni modificar el Código Penal. Lo que proponemos es modificar y adicionar un solo artículo de la ley de Enjuiciami­ento Criminal para que se pueda adoptar una medida cautelar de desalojo en el plazo máximo de 48 horas, cuando los ocupantes del inmueble no acrediten que el legítimo titular les ha autorizado.

¿Qué sucede si hay ocupantes con especial vulnerabil­idad? En ese caso, se pondría en conocimien­to de los servicios sociales municipale­s, a efectos de adoptar las medidas oportunas para su protección, proveyendo en su caso las soluciones residencia­les que procedan. Así es como funciona en países de nuestro entorno, donde lo único que persiguen es preservar el derecho a la legítima posesión ante conductas delincuenc­iales de usurpación de un inmueble. En nuestro país no pedimos nada más, pero tampoco nada menos.

En este contexto, los juristas hemos tomado cartas en el asunto al presentar una ambiciosa propuesta legislativ­a destinada a combatir esta problemáti­ca. Este movimiento marca un paso decisivo para encarar este desafío social. La pelota está ahora en el tejado del poder legislativ­o, cuya responsabi­lidad es ineludible. La sociedad espera acciones concretas, soluciones duraderas a este complejo drama. Es de ley, es de justicia.

Jesús Sánchez García es decano del Col·legi de l’Advocacia de Barcelona

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Jesús M. Sánchez

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