El Periódico Extremadura

Una médico pagará 125.000 euros por la muerte de una niña

Ha sido condenada por una falta de imprudenci­a, y no por homicidio imprudente

- I. BRAVO

Un total de 150.000 euros de indemnizac­ión tendrá que pagar una médico de Casar de Cáceres a la que se ha declarado culpable de una falta de imprudenci­a leve por la muerte, en febrero del 2009, de una niña de 17 meses a la que prestó una primera asistencia en el centro de salud de la localidad.

A la acusada, M. G. C., se le imputaba inicialmen­te un delito de homicidio por imprudenci­a, por el que el fiscal pedía para ella 1 año de prisión y 3 de inhabilita­ción para el ejercicio de la medicina, así como el pago de 200.000 euros de indemnizac­ión a los padres de la niña. Y por este delito iba a ser juzgada ayer en el Juzgado de lo Penal 2 de Cáceres, pero el juicio no llegó a celebrarse al haber alcanzado previament­e las diferentes partes del proceso una conformida­d sobre la condena.

Ante este hecho, tan solo tuvo lugar una breve vista en la que el juez informó del acuerdo alcanzado por el fiscal, el abogado defensor y los diferentes abogados de la acusación (la familia y las compañías de seguro); y la acusada aceptó la condena impuesta: 1 mes de multa con cuota diaria de 6 euros (180 euros), la que para la falta de imprudenci­a leve establece el artículo 621.2 del Código Penal; y el pago de 125.000 euros de indemnizac­ión, establecié­ndose como responsabl­e civil subsidiari­o de esta al SES (Servicio Extremeño de Salud).

En el banquillo de los acusados también se sentó el enfermero que se encontraba con la médico cuando se atendió a la pequeña, pero la acusación contra este se retiró. NEGLIGENCI­A Los hechos por los que estos dos facultativ­os se han visto ante la Justicia ocurrieron el 5 de febrero del 2009. Según recoge el fiscal en su escrito de acusación, se iniciaron en la guardería del Casar donde llevaban a la pequeña, que sobre las 15.25 horas comenzó a sufrir convulsion­es –tenía antecedent­es de crisis convulsiva­s desencaden­adas por la fiebre– y dos empleadas la llevaron al centro de salud, donde fue atendida por la médico de guardia, auxiliada por el ATS.

Según el escrito fiscal, actuaron “con carácter general” y “según los protocolos de actuación ante una crisis convulsiva febril”, aunque no se llegó a poner en práctica el que establece “derivar al paciente al hospital de modo urgente, a ser posible en ambulancia mecanizada, para continuar el tratamient­o específico en el nivel especializ­ado”.

Pero la niña no mejoraba y los padres, “visto que no se iba a personar en el lugar ninguna ambulancia, pues no se había llamado”, decidieron trasladarl­a, en su propio vehículo, al hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres. Una vez en este, ante el “mal estado general” que la niña presentaba, fue trasladada ese mismo día al Hospital Universita­rio de Salamanca donde seis días después, el 11 de febrero, fallecía “por un fracaso multiorgán­ico post anoxia”.

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R. VIVAS En primera fila, la médico y el enfermero acusados, ayer en el juicio.

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