Una médico pagará 125.000 euros por la muerte de una niña
Ha sido condenada por una falta de imprudencia, y no por homicidio imprudente
Un total de 150.000 euros de indemnización tendrá que pagar una médico de Casar de Cáceres a la que se ha declarado culpable de una falta de imprudencia leve por la muerte, en febrero del 2009, de una niña de 17 meses a la que prestó una primera asistencia en el centro de salud de la localidad.
A la acusada, M. G. C., se le imputaba inicialmente un delito de homicidio por imprudencia, por el que el fiscal pedía para ella 1 año de prisión y 3 de inhabilitación para el ejercicio de la medicina, así como el pago de 200.000 euros de indemnización a los padres de la niña. Y por este delito iba a ser juzgada ayer en el Juzgado de lo Penal 2 de Cáceres, pero el juicio no llegó a celebrarse al haber alcanzado previamente las diferentes partes del proceso una conformidad sobre la condena.
Ante este hecho, tan solo tuvo lugar una breve vista en la que el juez informó del acuerdo alcanzado por el fiscal, el abogado defensor y los diferentes abogados de la acusación (la familia y las compañías de seguro); y la acusada aceptó la condena impuesta: 1 mes de multa con cuota diaria de 6 euros (180 euros), la que para la falta de imprudencia leve establece el artículo 621.2 del Código Penal; y el pago de 125.000 euros de indemnización, estableciéndose como responsable civil subsidiario de esta al SES (Servicio Extremeño de Salud).
En el banquillo de los acusados también se sentó el enfermero que se encontraba con la médico cuando se atendió a la pequeña, pero la acusación contra este se retiró. NEGLIGENCIA Los hechos por los que estos dos facultativos se han visto ante la Justicia ocurrieron el 5 de febrero del 2009. Según recoge el fiscal en su escrito de acusación, se iniciaron en la guardería del Casar donde llevaban a la pequeña, que sobre las 15.25 horas comenzó a sufrir convulsiones –tenía antecedentes de crisis convulsivas desencadenadas por la fiebre– y dos empleadas la llevaron al centro de salud, donde fue atendida por la médico de guardia, auxiliada por el ATS.
Según el escrito fiscal, actuaron “con carácter general” y “según los protocolos de actuación ante una crisis convulsiva febril”, aunque no se llegó a poner en práctica el que establece “derivar al paciente al hospital de modo urgente, a ser posible en ambulancia mecanizada, para continuar el tratamiento específico en el nivel especializado”.
Pero la niña no mejoraba y los padres, “visto que no se iba a personar en el lugar ninguna ambulancia, pues no se había llamado”, decidieron trasladarla, en su propio vehículo, al hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres. Una vez en este, ante el “mal estado general” que la niña presentaba, fue trasladada ese mismo día al Hospital Universitario de Salamanca donde seis días después, el 11 de febrero, fallecía “por un fracaso multiorgánico post anoxia”.