El Periódico Extremadura

LOQUEHAYTR­AS ESTE RECURSO

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EL ALCALDE Y EL PLENO La ley de Bases de Régimen Local fija las competenci­as de la alcaldía, la junta de gobierno y el pleno. Los dos primeras tienen al PP al frente. En el pleno están los 25 ediles de la corporació­n: 11 del PP, 8 del PSOE, 4 de Ciudadanos y 2 de CáceresTú. En el pleno, la suma de los ediles de PSOE, C’s y Podemos da mayoría. La primera función que la ley da a la alcaldía es la de dirigir el gobierno y la administra­ción. La primera que da al pleno es el control y fiscalizac­ión de los órganos de gobierno.

EL OBJETIVO Lo que pretende el recurso es dirimir si el pleno puede modificar un acuerdo que correspond­e a la alcaldía por competenci­a de funciones.

LOS ARGUMENTOS El gobierno local (PP) tiene dos razones para considerar que el pleno no puede variar el acuerdo de la alcaldía de que el concurso de los toros incluya una aportación de 40.000 euros.

LEY DE CONTRATOS La primera es que correspond­e a la alcaldía la decisión sobre un contrato como el de la explotació­n de la plaza tanto por su importe (inferior a 6.000.000 de euros) como por su duración (menos de 4 años).

LEY HACIENDA LOCAL La segunda es que la competente para formar el presupuest­o es la alcaldía, por lo que el pleno no puede limitar esta función diciendo que no se incluya una partida de 40.000 euros para los toros (otra cosa es que luego, tras elaborarse el presupuest­o, sea el pleno el órgano que se encargue de decidir si se aprueba o no).

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