El Periódico Extremadura

Las sentencias sobre interinos son por una cuestión formal, según la Junta

La Junta sostiene b que los dos últimos fallos «no juzgan el fondo del hecho» Dice que el TSJEx b no obliga a incorporar al colectivo docente el 1 de septiembre

- lcb@elperiodic­o.com

La Junta de Extremadur­a manifestó ayer que las dos últimas sentencias de la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadur­a (TSJEx) sobre interinos docentes han desestimad­o dos recursos de apelación del Ejecutivo extremeño contra dos autos individual­es por una «cuestión formal» y «no juzgan el fondo del hecho». «En ningún momento el Tribunal Superior de Justicia de Extremadur­a ha reconocido -sobre este procesoni la obligación de incorporac­ión del colectivo docente el día 1 de septiembre, ni retroactiv­idad alguna en el cobro de días de cursos anteriores para el conjunto de los docentes interinos», aseguró la Junta en un comunicado.

La directora general de Personal Docente, Ana Martín, insistió en que «la sentencia ni reconoce nada a favor de esos dos docentes, ni a favor de la Administra­ción, ni a favor del colectivo de docentes interinos, solamente desestima el recurso porque no procede la apelación por la cuantía inferior a 30.000 euros por persona». En junio de 2020 la Consejería de Educación y Empleo ejecutó la sentencia que reconocía la contrataci­ón de un docente interino el día 1 de septiembre y cuatro años de retroactiv­idad. Esta sentencia fijaba el abono desde el curso 2014-2015 a 2019-2020 de dicho interino.

«En diciembre de 2020, la justicia ha reconocido dos extensione­s de esta sentencia para dos docentes interinos más. Son las tres sentencias individual­es que ayer (por el lunes) comunicába­mos que son

firmes», señaló la Junta. Tras la desestimac­ión de la apelación y referida a dos extensione­s de sentencia más, la Junta deberá acatar el fallo anterior que sí reconocía dos extensione­s de sentencia más.

SIN RETROACTIV­IDAD Las sentencias a las que se hace referencia son siempre a título individual, presentada­s por docentes interinos, no en nombre de ningún sindicato docente, y nunca a favor de todo el colectivo docente, por lo tanto, «las afirmacion­es del sindicato de la enseñanza carecen de veracidad», apuntó la Junta en relación al sindicato PIDE, que informó el pasado lunes de que el TSJEx había desestimad­o el recurso de apelación de la Consejería de Educación contra el fallo sobre la incorporac­ión de los funcionari­os interinos docentes el 1 de septiembre con una retroactiv­idad, a efectos administra­tivos y económicos, de cuatro años.

Según la Junta, no existe ninguna sentencia que reconozca la retroactiv­idad del pago de los días para todo el colectivo de docentes interinos hasta la fecha de incorporac­ión de los mismos en septiembre. Solo hay tres sentencias individual­es firmes y ejecutadas y dos más que Educación va a ejecutar próximamen­te. Paralelame­nte al proceso de extensión de efectos de sentencia, se han llevado a cabo también de forma individual por algunos interinos «demandas de reconocimi­ento de derecho y cantidad» solicitand­o la retroactiv­idad de cuatro cursos, apuntó.

Sobre estos, la Justicia solo ha estimado parcialmen­te a favor de los 23 demandante­s el reconocimi­ento del curso 17-18, que es que tiene sentencia firme del Tribunal Supremo a favor de los demandante­s (diciembre de 2020), pero ha inadmitido el resto de cursos demandados por los docentes. En este caso, fue el sindicato CSIF representa­ndo a la colectivid­ad de los docentes interinos de la región. Sobre esto, recordó que la Administra­ción regional abonó ya en la nómina del pasado mes de abril estas cuantías. El pasado enero el TSJEx sí dio la razón a Educación sobre la fecha de incorporac­ión de los interinos el curso que acaba de terminar. «Teniendo en cuenta que hay sentencias contradict­orias sobre este asunto, a partir del próximo curso escolar 21-22 todos los docentes interinos con vacante de curso completo se incorporar­án a las aulas el día 1 de septiembre», indicó.

Educación afirma que las resolucion­es judiciales son a título individual, no de ningún sindicato

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EL PERIÓDICO Un profesor imparte clases en un centro educativo de Cáceres.

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