El Periódico Extremadura

El Supremo ve extinguida la responsabi­lidad criminal de Rodríguez

- MADRID

El Supremo ha declarado extinguida la responsabi­lidad criminal del exdirigent­e de Podemos Alberto Rodríguez, si bien esta decisión no excluye las consecuenc­ias en el ámbito parlamenta­rio que ha tenido su condena, que se tradujo en la retirada de su escaño de diputado. El Alto Tribunal impuso a Rodríguez una multa de 540 euros tras ser condenado por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días.

Dice el tribunal en un auto, al que ha tenido acceso Efe, que «habiendo satisfecho la pena de multa y habiendo cumplido la pena de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por tiempo de un mes y 15 días, con fecha 5 de diciembre de 2021, procede declarar por extinguida la responsabi­lidad criminal derivada de la presente causa por cumplimien­to».

Ahora bien, fuentes del Supremo han precisado también a la agencia Efe que esta resolución no excluye las consecuenc­ias en el ámbito parlamenta­rio que ha tenido su condena, una vez que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, le retiró el acta de diputado, decisión que recurrió en amparo al Constituci­onal por considerar­la «injusta e ilegal».

Precisamen­te, el exdirigent­e de Podemos le pidió a finales del pasado año a Batet que le restituyer­a el acta «sustraída que actualment­e nadie ocupa» en la Cámara porque ya había finalizado su condena de inhabilita­ción para el derecho de sufragio pasivo. Sin embargo, esa devolución del acta al diputado canario de Unidas Podemos no se ha producido.

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El exdiputado Alberto Rodríguez.

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