El Periódico Extremadura

Exonerado de pagar 19.297 € de deuda tras quedarse sin ingresos por el covid

Es un autónomo que se acogió a la ley de 2015 de segunda oportunida­d Debía 17.700 euros a dos bancos y otros 1.500 a una compañía de teléfonos

- RAQUEL RODRÍGUEZ plasencia@extremadur­a.elperiodic­o.com PIDIÓ PRÉSTAMOS

La pandemia del covid ha dejado a muchas personas que tenían un trabajo y un sueldo mensual sin ingresos y sin posibilida­d de pagar sus deudas. Es lo que le pasó en el 2020 a un vecino de Plasencia que prefiere guardar el anonimato y a quien un juzgado cacereño ha concedido la exoneració­n de una deuda de 19.297,14 euros, tras acogerse a la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunida­d, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

El juzgado considera que este placentino cumplía los requisitos para serle exonerada la deuda, por lo que le ha reconocido este beneficio en una resolución contra la que no cabe recurso. Únicamente, si en el plazo de 5 años recibiera «una herencia, un legado o le tocara la lotería», cualquier acreedor podría solicitar la revocación de este beneficio.

Lo explica Ana Isabel García, directora letrada del despacho de abogados Repara tu Deuda, que ha llevado el caso. Señala que su defendido daba clases particular­es y, a raíz del confinamie­nto por el covid, se quedó sin ingresos.

«Llevaba varios años como autónomo, sin problemas económicos, pero en marzo del 2020 dejó de percibir ingresos, a la vez que tenía que seguir pagando los bienes de primera necesidad y los gastos de autónomo».

/Por eso, «tuvo que solicitar préstamos» para ir haciendo frente a las deudas, pero finalmente, se quedó sin posibilida­d de afrontarla­s. En concreto, dos deudas con sendos bancos por un valor global de 17.797,14 euros y otra con una compañía de teléfonos, de 1.500 euros.

Según explica, se habló con los acreedores para intentar llegar a un acuerdo, pero no se logró, por lo que decidió acogerse a la llamada ley de segunda oportunida­d.

Para hacerlo, la abogada explica que la deuda no puede superar los cinco millones de euros; el deudor no debe haber sido condenado por un delito socioeconó­mico en diez años; debe haber intentado negociar con los bancos antes

En la comunidad, nueve personas se acogieron a esta ley en el 2015 y en el 2020 han aumentado a 35

de acudir al juzgado; poner los bienes que tenga a disposició­n del proceso y no debe ocultar sus ingresos y bienes y sí colaborar con el procedimie­nto.

Dado que la fase extrajudic­ial de intento de acuerdo no obtuvo resultado, se presentó la demanda en el juzgado, que lo ha tramitado «bastante rápido porque se ha acreditado que no podía pagar, es un claro ejemplo de persona afectada por la pandemia».

En este sentido, García considera que, si antes del covid esta ley era «necesaria, ahora es imprescind­ible» porque hay mucha gente en la misma situación que este placentino. Pero afirma que muchas personas desconocen su existencia porque «a los bancos no les interesa que se sepa y los organismos públicos tampoco lo han divulgado suficiente».

No obstante, las sentencias ganadas y el boca a boca, han hecho que aumenten los casos. En Extremadur­a, según el INE, se han multiplica­do por cuatro, pasando de 9 casos en el 2015 a 35 en el 2020 y Repara tu deuda espera «un aumento considerab­le en el 2021 por afectados por la pandemia; para muchas personas es una gran solución y, en la mayoría de los casos, la única».

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TONI GUDIEL Imagen de archivo de la fachada de una entidad bancaria.

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