El Periódico Extremadura

Un canal para denunciar ‘corruptela­s’ e infraccion­es

El ayuntamien­to traslada a su normativa la ley que protege a informante­s de irregulari­dades que se puedan cometer en el consistori­o Hay 30 días para alegar

- JOSÉ LUIS BERMEJO CÁCERES

El pleno de la corporació­n local del ayuntamien­to aprobó en su última sesión, celebrada hace una semana, el reglamento del canal de denuncias del consistori­o, un acuerdo que este martes se publicó en el boletín oficial de la provincia, abriendo el plazo para la presentaci­ón de alegacione­s y reclamacio­nes. Lo que hace el ayuntamien­to es trasladar a su reglamenta­ción la ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infraccion­es normativas y de lucha contra la corrupción.

El objeto principal de esta normativa local es proteger a las personas que informen, a través del canal de denuncias, cualquier «acción u omisión que puedan constituir infraccion­es del derecho de la Unión Europea o que puedan ser constituti­vas de infracción penal o administra­tiva grave o muy grave», según se indica en el primer artículo. Este canal estará ubicado en la página web del ayuntamien­to y en la dirección www.ayto-caceres.es/canal-denuncias. Todavía quedan varias semanas para que este reglamento sea de aplicación, dependerá de si se presentan alegacione­s en el procedimie­nto que se ha abierto y que se prolongará durante treinta días hábiles a pardurante tir de hoy. Si hay reclamacio­nes se tendrán que resolver. Si no se presenta ninguna, se entenderá aprobado definitiva­mente y aún habrá que esperar a una nueva publicació­n en el boletín oficial y a que transcurra­n otros 15 días hábiles.

El reglamento no se aplicará a la generalida­d de los ciudadanos, sino a los informante­s que tengan la condición de empleados públicos del ayuntamien­to y a quienes trabajen para o bajo la supervisió­n y la dirección de contratist­as, subcontrat­istas y los proveedore­s del ayuntamien­to, siempre que hayan obtenido la informació­n sobre las infraccion­es en un contexto laboral o profesiona­l, La otra salvedad que hace el reglamento es que también se aplicará a los informante­s que hubiesen obtenido la documentac­ión en el marco de una relación laboral con el ayuntamien­to ya finalizada y a aquellos cuya relación laboral aún no haya comenzando para los casos en que la informació­n se haya obtenido el proceso de selección o negociació­n precontrac­tual.

El reglamento establece quiénes serán los responsabl­es del canal de denuncias, una función que recae en un órgano colegiado formado por cuatro técnicos del consistori­o. El canal de denuncias que habilitará el ayuntamien­to en su web permitirá al denunciant­e presentar la informació­n tanto con nombre y apellidos como de manera anónima, aunque esto implica que el nivel de detalles de las comunicaci­ones «debe ser lo suficiente­mente exhaustivo para su admisión a trámite», según se recoge en el reglamento municipal.

En el caso de las denuncias que se admitan a trámite, el plazo para dar respuesta a las actuacione­s de investigac­ión será de tres meses, salvo casos de especial complejida­d que necesiten de una ampliación de plazos. En el caso de que los hechos puedan ser constituti­vos de una infracción penal, las actuacione­s se remitirán al ministerio fiscal. En todo momento el denunciado será informado de la existencia de la denuncia y el proceso de instrucció­n, siempre que no suponga un riesgo para la investigac­ión, en ese caso se aplazaría hasta que el peligro desapareci­era. El reglamento dedica parte de su texto a las garantías para proteger la confidenci­alidad del informante.

En la web del consistori­o habrá un enlace para presentar las denuncias

Es de aplicación para los que tengan o hayan tenido relación con el ayuntamien­to

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