Así ha sido el juicio del crimen de Miajadas
Un jurado ha declarado culpable al único imputado por la muerte de un vecino en 2021 tras una vista tan ágil como la instrucción y marcada por la confesión del acusado y por la presencia del arma que se usó
Ha sido el primer juicio con jurado popular que ha celebrado la Audiencia Provincial de Cáceres en lo que va de año. El asunto, un crimen que tuvo lugar en Miajadas en 2021 por una deuda de 50 euros de drogas, y la participación excepcional de ciudadanos a la hora de decidir si el acusado es culpable o no --solo se aplica este procedimiento en los delitos de homicidio-- han propiciado que en la última semana acapare el foco mediático.
A la espera de la sentencia que determine la pena que debe cumplir, este asunto corresponde a la presidencia de la Sala, el acusado ha emitido ya su veredicto y ha considerado culpable al único acusado tras una vista tan ágil como la propia instrucción. Ambas han estado marcadas por dos particularidades que no siempre se dan en los casos de homicidios. En primer lugar, el principal imputado había confesado ser el autor del apuñalamiento y en segundo, estaba presente el arma del crimen, un cuchillo que fue encontrado horas después del suceso y sobre el que los forenses constataron que contenía material genético de ambos, acusado y víctima.
A lo largo del juicio, que ha concentrado dos intensas jornadas de interrogatorios, la Sala ha presenciado cómo P. R. S. justificó su comportamiento en que se encontraba atemorizado por unas amenazas y una sucesión interminable de llamadas en los días previos, una cuestión que los peritos pusieron en duda más tarde, y cómo los forenses determinaron que él mintió cuando dijo que iba drogado el día de los hechos.
En todo momento, las sesiones, de mañana y tarde, han transcurrido en un tono de consideración y compostura, tanto entre los propios letrados como entre los presentes en la sala, con un aforo completo entre estudiantes de Derecho y los propios familiares de víctima y acusado. En lo que respecta a l a primera jornada arrancó con la elección de los miembros del tribunal. Tal y como estipula la norma, hasta el juzgado se trasladaron los 35 convocados -maleta en mano-- y durante dos horas las partes determinaron por consenso a los 9 ciudadanos --y dos suplentes-- que conformaron el jurado. Una vez cumplimentado el primer paso, comenzó la vista. De la misma forma, la Sala siguió el procedimiento con una ronda de conclusiones provisionales de las partes y acto seguido, el acusado, sin obligación de declarar, accedió a responder a las preguntas de la fiscalía y de su propio abogado. El interrogatorio, fue el más extenso de todos, y se prolongó durante algo más de una hora.
En declaraciones al ministerio público, P. R. reconoció que mantenía una deuda con una amiga de la víctima J. A. S. por la venta de una cantidad de marihuana que ascendía a 50 euros y no con el ya fallecido aunque manifestó en todo momento que tenía intención
de pagarla «cuando tuviera el dinero». Sus ingresos, aseguró, provenían de trabajar en la campaña de recogida de la aceituna. En las siguientes preguntas, puso de relieve que en el último había recibido cuantiosas llamadas de la víctima,
el escrito de la defensa estima que 300 en el último mes, aunque este extremo fue descartado un día después por los peritos que solo constataron con los registros de la compañía telefónica un centenar de comunicaciones entre ambos
y en ese total, más llamadas del acusado a la víctima y no al revés. Es fruto de esa insistencia y «acoso» de la víctima que P. R. que aseguró y que según los expertos no es posible acreditar, que cogió un cuchillo de su casa y se lo guardó en el bolsillo «por miedo» aunque concretó que «sin intención de usarlo». Acto seguido, sostuvo que acudió a un bar donde se encontraba la víctima y una vez allí, confesó que hubo un forcejeo y no recuerda «nada más». «Hay un lapsus en el tiempo», concluyó. También defendió que él no sabía que la puñalada había sido mortal. Sí reconoció que tras el suceso, intentó ocultar el cuchillo lanzándolo a una finca entre la maleza.
Ese mismo lunes, prestaron declaración testigos de los hechos, con testimonios escasamente concluyentes que coincidieron en que no presenciaron el momento del apuñalamiento y que en ningún momento pudieron constatar que aquella puñalada había sido mortal ya que no había sangre visible y la víctima presentaba dificultad para respirar, por lo que pensaron que pudiera sufrir un ataque de ansiedad
enfrentamiento y de que al día siguiente tenía que ingresar en prisión por un quebrantamiento de condena.
Durante la segunda jornada de la vista, declararon los peritos que analizaron los terminales de teléfono y los especialistas del departamento de Toxicología de Sevilla, que solo confirmaron que la víctima había consumido cocaína y alcohol, y el forense que realizó la autopsia al cadáver, que respondió a cuestiones concretas sobre el fallecimiento como que la herida contaba una profundidad de 9 centímetros --la hoja del cuchillo tenía 10 centímetros--. Precisó, a respuestas a las preguntas del abogado de la defensa, que «fue mortal porque afectó a una vena» y «tuvo muy mala suerte». La víctima falleció media hora después porque el cuchillo le seccionó la vena cava y la sangre le encharcó los pulmones.
En cuanto a las penas que reclaman las partes, las acusaciones, tanto la fiscalía como la familia del fallecido, piden de 19 a 21 años de cárcel por asesinato. El Código Penal regula este delito en su artículo 319 y contempla penas que oscilan entre los 15 y los 25 años de prisión. En cuanto a la responsabilidad civil, el ministerio público pide indemnizaciones que suman más de 300.000 euros. En cuanto a la defensa, ha defendido en todo momento que sea condenado por un delito de homicidio imprudente --lesiones- o absuelto teniendo en cuenta los atenuantes como miedo insuperable, trastorno mental transitorio y legítima defensa.