El Periódico Mediterráneo

El TS dictará el fallo del ‘procés’ después de las municipale­s

Los plazos de los trámites impiden que el juicio se abra este año

- ÁNGELES VÁZQUEZ MADRID

Será imposible que el Tribunal Supremo dicte la sentencia contra los líderes del procés, procesados por rebelión, malversaci­ón o desobedien­cia, antes de las elecciones autonómica­s, municipale­s y europeas que se celebrarán en mayo. La tramitació­n de la causa, en la que las defensas han demostrado tener un especial interés en retrasarla lo más posible para hacer coincidir su juicio con estos comicios, ha obligado al alto tribunal a hacer un nuevo calendario, que sitúa el inicio de la vista oral en enero y la previsión para dictar sentencia después de la consulta electoral.

Fuentes del Supremo han apuntado a este diario el tiempo transcurri­do en otros procedimie­ntos relevantes en dictar sentencia después de concluir el juicio -como el de la primera época del caso Gürtel, en el que el tribunal tardó medio año en pronunciar­separa considerar difícil que antes de julio se conozca la que determinar­á si lo ocurrido en Cataluña fue rebelión, sedición o una mera consulta ciudadana sin relevancia penal, como pretenden las defensas con escasas esperanzas.

El tribunal procederá a dictar la apertura de juicio oral y dará traslado a las acusacione­s para que en un plazo de cinco o 10 días presenten sus escritos de calificaci­ón, lo que ya se producirá en octubre, pero pasado el ani- versario del 1-O.

Será entonces cuando se despejen todas las dudas suscitadas sobre la acusación de la fiscalía. Según las fuentes consultada­s, difícilmen­te se eliminará la rebelión, pese a los continuos llamamient­os públicos de los socios parlamenta­rios de Pedro Sánchez para que el ministerio público rebaje su acusación, si el Gobierno quiere garantizar la estabilida­d con la aprobación de unos presupuest­os que dejen de ser una prórroga de los del PP.

Previsible­mente ese delito se acompañará, como alternativ­as, del de sedición o del de conspiraci­ón para la rebelión en el escrito fiscal. El Ejecutivo tiene poco margen para ordenar rebajas de penas sin exponerse a un escándalo mayúsculo.

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